El IESS entrega la pensión de montepío a la esposa, esposo o conviviente de un afiliado o jubilado que fallece. Si es la única beneficiaria, recibe el 60% de la pensión del causante. En 2026 ese monto no puede ser menor a $241 ni mayor a $2.169.Qué es la pensión de montepío por viudezEl montepío es la pensión o renta mensual que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) paga a los familiares que dependían económicamente de un afiliado o jubilado fallecido, entre ellos el cónyuge o conviviente. Este beneficio se conoce también como seguro de muerte o pensión de viudez.Cuánto dinero corresponde en 2026Si el viudo o la viuda es el único beneficiario, recibe el 60% de la pensión que percibía o le hubiera correspondido al causante. Cuando existen hijos con derecho a pensión, el cónyuge mantiene ese 60% y el 40% restante se reparte entre los hijos menores de edad o con discapacidad.PublicidadEl monto también tiene un piso y un techo, fijados como porcentaje del salario básico unificado (SBU). Para 2026, el SBU es de 482 dólares.SituaciónPorcentajeMonto 2026 (SBU: $482)Viudo/a único beneficiario60% de la pensión del fallecidoEjemplo: pensión de $900 -> $540 mensualesViudo/a con hijos beneficiarios60% para el cónyuge, 40% entre los hijosVaría según el número de hijosMonto mínimo50% del SBU$241Monto máximo (territorio continental)450% del SBU$2.169Monto máximo (Galápagos)900% del SBU$4.338Requisitos para acceder a la pensión de viudezEl causante debe cumplir una de estas condiciones:Haber sido jubilado por vejez, discapacidad o invalidez y estar recibiendo su pensión.Ser afiliado activo con al menos 60 aportaciones mensuales (1.800 días, alrededor de cinco años) si la muerte fue por enfermedad general.Si la muerte ocurrió por accidente de trabajo, basta con que estuviera afiliado al momento del hecho, sin un mínimo de aportaciones.La beneficiaria o beneficiario debe ser el cónyuge o la persona en unión de hecho legalmente inscrita en el Registro Civil, que tiene el mismo derecho que un matrimonio formal.PublicidadPublicidadCómo solicitar el montepío paso a pasoEl trámite es gratuito y se realiza completamente en línea:Actualizar el estado civil a viudo o viuda en el Registro Civil.Ingresar a www.iess.gob.ec y entrar a “Trámites Virtuales”.Acceder con cédula y clave personal a la sección “Pensionistas” > “Viudez (Seguro de Muerte)”.Seleccionar “Generar Prestación de Viudez” y completar los datos solicitados.Recibir la confirmación por correo electrónico.Los documentos que pide el sistema son cédula de identidad, certificado de defunción, certificado de matrimonio (solo si el causante era jubilado), estado civil actualizado en el Registro Civil, cuenta bancaria activa a nombre del beneficiario y un correo electrónico vigente. La resolución puede tardar hasta 60 días laborables.Cuándo se pierde el derecho a la pensiónEl beneficio se cancela si el viudo o la viuda contrae un nuevo matrimonio o inicia una nueva unión de hecho. Cualquier cambio de estado civil debe notificarse al IESS dentro de los tres meses siguientes; de lo contrario, el pago puede suspenderse. Este beneficio es distinto al de orfandad, que cubre a los hijos hasta los 18 años, o de forma indefinida si tienen una discapacidad permanente para trabajar.
Esto es lo que te corresponde de pensión de viudez del IESS si tu esposo o esposa fallece
Conoce cuánto paga el IESS por pensión de viudez en 2026: porcentajes, montos mínimo y máximo, requisitos y cómo solicitar el montepío en línea.







