NoticiaLa SIC encontró incumplimientos en las promociones "Millas x Millos" y "Bienvenida Azul" tras miles de reclamos.promoción millasxmillos Foto: Central cerveceraPERIODISTA06.08.2026 08:27 Actualizado: 06.08.2026 08:27
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción de 702,38 millones de pesos a Central Cervecera de Colombia S.A.S. tras concluir que la empresa incumplió las normas de protección al consumidor en el desarrollo de las promociones "Millas x Millos" y "Bienvenida Azul", dirigidas al público colombiano. LEA TAMBIÉN La decisión se produjo luego de una investigación en la que la autoridad encontró que las actividades no se ejecutaron conforme a lo ofrecido en la publicidad y que, además, se omitió información que debía ser conocida por los consumidores antes de participar. La decisión aún no está en firme, ya que contra ella proceden los recursos de reposición y apelación. La actuación administrativa comenzó a partir de tres denuncias y quejas radicadas ante la SIC entre junio y julio de 2024. Una de ellas estuvo relacionada con un cambio unilateral en la hora de cierre del concurso "Millas x Millos", mientras que las otras dos correspondieron a inconvenientes presentados durante la actividad promocional "Bienvenida Azul", específicamente por dificultades para acceder a la boletería y por fallas en el proceso de canje de códigos.Millonarios vs. Boyacá Chicó, Copa BetPlay Foto:Mauricio Moreno. EL TIEMPOComo parte de la investigación, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor solicitó a Central Cervecera de Colombia los términos y condiciones de ambas campañas, las piezas publicitarias utilizadas, la mecánica de funcionamiento de cada promoción y la información relacionada con las peticiones, quejas y reclamos recibidos por esos conceptos.Durante el proceso, la propia compañía informó que recibió 4.164 reclamaciones relacionadas con la actividad "Bienvenida Azul". De ese total, 205 correspondieron a casos duplicados y 2.771 fueron confirmadas como acreedoras del beneficio ofrecido. Según la información suministrada por la empresa, posteriormente entregó 390 códigos adicionales y 3.004 boletas a los consumidores que presentaron reclamaciones.Hinchas de Millonarios Foto:Captura de pantallaEsa información hizo parte de los elementos analizados por la autoridad para establecer el desarrollo de la actividad promocional y verificar el cumplimiento de las condiciones anunciadas al público. Hallazgos sobre la promoción "Bienvenida Azul"De acuerdo con la investigación, la promoción "Bienvenida Azul" estaba dirigida tanto a los hinchas abonados del Club Millonarios F.C. como al público en general que buscaba acceder a boletas para un evento del equipo.Sin embargo, la SIC concluyó que la actividad no se ejecutó conforme a las condiciones anunciadas. Entre los hallazgos identificó que numerosos consumidores no recibieron los códigos requeridos para gestionar sus entradas, otros obtuvieron boletas en una localidad distinta a la correspondiente a su abono y algunos participantes, pese a haber cumplido con todos los requisitos establecidos, nunca recibieron las entradas prometidas.Para la autoridad, estas situaciones evidenciaron un incumplimiento frente a las condiciones bajo las cuales fue promocionada la actividad y frente a las expectativas generadas en los consumidores mediante la publicidad.La investigación también revisó la información entregada al público antes de participar en las promociones. En ese análisis, la Superintendencia encontró que tanto en "Millas x Millos" como en "Bienvenida Azul" se omitieron condiciones esenciales que la regulación considera para este tipo de campañas. Información omitida y fundamento de la sanciónMillonarios vs. Pasto Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPOSegún la decisión de la SIC, las piezas publicitarias no incluían aspectos indispensables como el modo de participación, la vigencia exacta de las promociones y el número de incentivos disponibles para ser entregados.La entidad señaló que esa información resulta necesaria para que los consumidores puedan conocer con precisión las condiciones de la oferta y adoptar una decisión de consumo con todos los elementos relevantes.Con base en esos hallazgos, la Superintendencia determinó que las conductas constituyen una infracción a los artículos 29 y 33 de la Ley 1480 de 2011, correspondiente al Estatuto del Consumidor, así como a las disposiciones de la Circular Única de la SIC.Esas normas establecen que los anunciantes deben cumplir las condiciones ofrecidas en sus campañas publicitarias y suministrar previamente toda la información relevante sobre las promociones, de manera que los consumidores conozcan las reglas de participación, la vigencia y las condiciones para acceder a los beneficios anunciados.Además de informar sobre la sanción, la Superintendencia reiteró a los consumidores la importancia de revisar previamente los términos y condiciones de las actividades promocionales antes de participar en ellas, conservar los soportes que acrediten su participación y presentar peticiones, quejas o reclamos cuando consideren que sus derechos como consumidores han sido vulnerados.La autoridad recordó igualmente que la decisión administrativa no se encuentra en firme, ya que la empresa sancionada puede presentar los recursos de reposición y apelación dentro de los términos previstos por la ley. Una vez se surtan esas etapas, se definirá si la decisión queda ejecutoriada o si corresponde realizar alguna modificación dentro del procedimiento administrativo. LEA TAMBIÉN LEA TAMBIÉN Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.











