Todos los ciudadanos que tengan trámites abiertos con la Seguridad Social o perciban cualquiera de las prestaciones dependientes del organismo han de mantener una comunicación muy fluida con el departamento que dirige Elma Saiz, ya que de ello depende que la gestión de dichas ayudas o servicios les sea siempre favorable. Pero la forma en la que tienen lugar estas comunicaciones va a cambiar de forma inminente.Todo se debe a lo enumerado por la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo (puede consultarla en este enlace) relativa a los procedimientos de notificaciones. Dicha orden introdujo diferentes cambios de entre los cuales destaca la eliminación de todas las notificaciones por carta a los trabajadores que se encuentren de baja médica.
Con la nueva orden se modifica una anterior, la ISM/903/2020, de 24 de septiembre. En la práctica, el cambio consiste en añadir varios grupos de ciudadanos a la lista de los que están obligados a recibir las notificaciones de la Seguridad Social únicamente por vía electrónica.
Las personas añadidas son, en concreto, las "que sean solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o de incapacidad temporal, así como cuando la notificación o comunicación se refiera a las prestaciones por incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes", explica la orden.







