Todo heredero y heredera tiene derecho a rechazar la herencia que se le confiere en un testamento, ya sea porque se dejaron más deudas que activos o porque ese legado “no significa nada bueno”. Al final, es una decisión en la que no interviene otra cosa más que el juicio propio. Pero el asunto cambia cuando de menores de edad se trata, pues aunque son representados (y protegidos) por los tutores testamentarios, su criterio topa con el Código Civil Federal.¿El tutor puede rechazar una herencia?El tutor testamentario es aquella figura encargada de recibir y administrar los bienes, derechos y obligaciones que confieren al menor de edad. Un rol que coexiste con el albacea, otra de las personalidades clave en el testamento —si no es que la más importante.“El tutor va a velar por su objetivo principal: el niño menor de edad. Eso es fundamental. Y el albacea es para los bienes y cumplir con las obligaciones del autor de la herencia”, explicó el titular de la notaría 29 de la Ciudad de México, Luis Antonio Montes de Oca Mayagoitia, a MILENIO.Y si bien los tutores son “los que van a sustituir a los padres”, este cargo viene con ciertas limitaciones. Y una de ellas es la incapacidad de rechazar, por sí mismos, la herencia que recibiría el menor de edad, así como de vender los bienes. “Requieren de autorización judicial”, establece el especialista.
Tutor testamentario: ¿puede rechazar la herencia?
El Código Civil Penal estipula los límites que tienen los tutores al momento de representar a un menor de edad.









