El Tribunal de Justicia de la Uni�n Europea (TJUE) ha concluido este jueves que la Ley de Amnist�a es compatible con la normativa europea. La respuesta de Luxemburgo a las cuestiones prejudiciales planteadas ha sido que la norma espa�ola no afecta a los intereses financieros de la Uni�n ni infringe la directiva comunitaria contra el terrorismo.Los 15 magistrados que componen la Gran Sala presentan la norma como "un instrumento adecuado para apaciguar un conflicto pol�tico o social". En un v�deo en espa�ol en el que explica las dos sentencias dictadas hoy, el presidente del tribunal, el belga Koen Lenaerts, destaca que el pr�sito de la ley "es reducir las tensiones institucionales y pol�ticas, as� como facilitar un escenario de reconciliaci�n".Tanto el Tribunal de Cuentas como la Audiencia Nacional hab�an mostrado sus dudas sobre el encaje europeo de la ley aprobada en 2024 y las hab�an llevado a Luxemburgo a instancias de Sociedad Civil Catalana y de la Asociaci�n Catalana de V�ctimas del Terrorismo. En el primer supuesto se abordaba la responsabilidad contable por fondos supuestamente derivados para el proc�s. El segundo caso afectaba al enjuiciamiento de 12 acusados de terrorismo en la causa contra los CDR. Ambos procedimientos, que hab�an quedado suspendidos a la espera del TJUE, se reactivar�n para amnistiar a los encausados.Respecto al �mbito financiero, el presidente del TJUE ha le�do p�blicamente la posici�n un�nime del tribunal: el Tratado de Funcionamiento de la Uni�n Europea "no se opone a una norma nacional que amnist�a los actos de responsabilidad contable ejecutados en el contexto de actividades pol�ticas dirigidas a conseguir la independencia de una parte del territorio nacional de un estado miembro y referente a fondos que no provienen del presupuesto de la UE ni est�n destinados a este por el motivo de que esa independencia habr�a podido ocasionar una reducci�n de los recursos propios de la UE".En cuanto a la faceta referida al terrorismo, Lenaerts ha comunicado que la directiva de la UE sobre la materia "no se opone a una ley nacional de amnist�a que, para reducir tensiones institucionales y pol�ticas y facilitar un escenario de reconciliaci�n establece la exenci�n de la responsabilidad penal de cualquier persona que haya cometido en un periodo delimitado y en el contexto de un proceso de independencia de una parte del territorio nacional de un estado miembro actos comprendidos en estas directiva que no han causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos".Los magistrados resaltan que la directiva no dice nada sobre posibles amnist�as, por lo que es prerrogativa de cada Estado miembro decidir el no enjuiciamiento de ciertos hechos. "En especial", a�ade, "en aras de un objetivo de reconciliaci�n nacional o en la b�squeda de un compromiso pol�tico [...] pudiendo concebirse la amnist�a concedida de esta manera como un instrumento adecuado para apaciguar un conflicto pol�tico o social mayor".No ve el TJUE problemas de seguridad jur�dica en la vaguedad de la Ley de Amnist�a sobre a qu� tipo de actos terroristas afecta, porque puede ser suplida por la interpretaci�n que hagan los tribunales nacionales. Tampoco problemas de discriminaci�n: "No puede considerarse que los delitos cometidos en ese contexto y los delitos cometidos en otros contextos se correspondan con situaciones comparables", dice en referencia a que la norma limita su aplicaci�n a lo relativo al proc�s.La decisi�n retira un obst�culo al regreso del ex president Carles Puigdemont, pero no es por s� misma suficiente para librarle de responsabilidades penales. Ahora se reactiva la fase de la aplicaci�n concreta de la norma al ex president. El Tribunal Supremo consider� que la malversaci�n por la que est� procesado no qued� amnistiada. Puigdemont recurri� al Constitucional, que aguardaba a la decisi�n de hoy del TJUE para resolver ese punto, algo que no abordar� antes de finales de septiembre.Una de las posibilidades es que, si el Constitucional impone al Supremo una interpretaci�n distinta de la malversaci�n que suponga la amnist�a de Puigdemont, el TS presente una nueva cuesti�n prejudicial que vuelva a paralizar durante meses la situaci�n del ex president.En sus sentencias, el TJUE ha reforzado precisamente el margen de los tribunales nacionales para acudir a Luxemburgo sin la limitaci�n que se desprend�a de la Ley de Amnist�a. El tribunal subraya que esta ley "no debe privar de efecto �til al procedimiento prejudicial". Eso ocurrir�a si el plazo m�ximo de dos meses que se impone a los juzgados o tribunales para aplicar la amnist�a y alzar las medidas cautelares "fuera aplicable incluso cuando se haya planteado al Tribunal de Justicia una petici�n de decisi�n prejudicial, sin que sea posible esperar a que este dicte resoluci�n". "Si se demostrara que la ley de amnist�a contiene disposiciones que dan lugar a este efecto, deber�an dejarse inaplicadas", concluye.Este punto es la �nica objeci�n del TJUE a la Ley de Amnist�a. Respecto a otros aspectos procesales en los que incluso el Constitucional vio problemas, Luxemburgo indica que no tienen envergadura suficiente como para merecer su intervenci�n.La disputa a�n abierta sobre si la malversaci�n del proc�s debe amnistiarse no solo afecta a Puigdemont. El ex vicepresident y l�der de ERC Oriol Junqueras fue condenado en el Supremo por ese delito. Al no amnistiarse, sigue estando inhabilitado para ocupar un cargo p�blico.Las sentencias no hacen ninguna referencia a la objeci�n clave planteada por la Comisi�n Europea: que la Ley de Amnsit�a era, en realidad, una autoamnist�a incompatible con el Estado de derecho, puesto que hab�a salido adelante, no por un impulso genuino de reconciliaci�n, sino para que el presidente del Gobierno contara de nuevo con votos suficientes para seguir en el cargo.El abogado general de la UE, en el informe que avalaba la ley, s� abord� el asunto para decir que no se trataba de una autoamnist�a. La Gran Sala del TJUE elude pronunciarse expresamente, si bien sus m�ltiples referencias al objetivo de "reconciliaci�n nacional" suponen dar por buena la justificaci�n del Gobierno en el pre�mbulo de la "Ley Org�nica 1/2024, de 10 de junio, de amnist�a para la normalizaci�n institucional, pol�tica y social en Catalu�a".