Aval europeo a la ley de amnistía. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado la norma y ha descartado que contravenga la normativa comunitaria antiterrorista o que atente contra los intereses financieros de la Unión, tal y como consideraban dos juzgados españoles.

El presidente del TJUE, Koen Lenaerts, ha leído en castellano el fallo de la sentencia, que declara que la amnistía “no se opone” a la normativa europea contra el terrorismo ni a la protección de los intereses financieros de la Unión.

La sentencia supone un respaldo a la amnistía como forma de resolver el conflicto político y judicial que supuso el procés, y tan solo cuestiona dos aspectos menores y ya superados de la norma: la obligación a los jueces de resolver en dos meses su aplicación (la norma se publicó en el BOE en 2024) y retirar toda medida cautelar.

La resolución va en la línea de las conclusiones del abogado general del TJUE, una figura jurídica que orienta al tribunal, y que apoyó la legalidad de la amnistía al enmarcarla en “una respuesta a una situación excepcional con un objetivo declarado de normalización institucional y reconciliación”.

El fallo del TJUE desbarata una de las vías que encontraron algunos togados para oponerse a la norma. La mayoría de juzgados aplicó la amnistía (hay más de 300 beneficiados por la norma), pero una minoría se resistió a hacerlo en los casos más sensibles para los independentistas.