Barcelona (EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado una orden del Departamento de Educación del año 2022 que vetaba el castellano en los rótulos y carteles de los centros educativos públicos y concertados de Cataluña, al entender que la exclusión de una lengua cooficial es contraria a la Constitución.
En su sentencia, el Supremo estima el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (TSJC) contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que mantuvo la regulación de la rotulación en catalán en las escuelas.
La instrucción que ahora ha anulado el Supremo está incluida en un documento que el Departamento de Educación aprobó para el curso 2022-2023, que establece que la rotulación en los espacios de los centros educativos debe ser en catalán, en occitano en Aran y en lengua de signos catalana y limita la «presencia de otras lenguas» a las producciones del alumnado.
El TSJC consideró en su sentencia que la jurisprudencia sobre la obligación de impartir un 25 % de clases en castellano en los centros catalanes no es aplicable a la rotulación de las instalaciones, puesto que los carteles no forman parte de la actividad educativa.
De acuerdo con el criterio de Fiscalía






