Tribunales

Sentencia

Tumba un apartado del documento relativo a la organizaci�n y gesti�n de los centros docentes para el curso 2022-2023 La escuela Tur� del Drac de Canet, uno de los centros objeto de la pol�mica ling��sticaARABA PRESSActualizado Lunes,

julio

13:03Nuevo rev�s judicial al modelo de inmersi�n ling��stica de la Generalitat. El Tribunal Supremo ha anulado la exclusi�n del castellano en los r�tulos de las escuelas e institutos p�blicos de Catalu�a. En concreto, invalida un apartado del documento relativo a la organizaci�n y gesti�n de los centros docentes para el curso 2022-2023, que fijaba el catal�n como lengua a emplear. "[...] La rotulaci�n de los espacios del centro es en lengua catalana; en occitano, en Ar�n, y en la lengua de signos catalana si corresponde, que son las lenguas de referencia del sistema educativo. La presencia de otras lenguas en el espacio f�sico del centro (paredes, r�tulos, etc) se circunscribe a las producciones de los alumnos y de las alumnas. [...], fij� la Generalitat en su plan de gesti�n para las escuelas e institutos p�blicos. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha revisado el caso a ra�z de un recurso de la Asamblea por una Escuela Biling�e -tras un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Catalu�a que no lo anulaba- y asegura que no es ajustado a derecho excluir el uso en los centros docentes sostenidos con fondos p�blicosEn concreto, el tribunal se�ala que la ense�anza no puede circunscribirse a lo que se transmite en las aulas, ni a los libros de texto y otros materiales docentes, y que el espacio f�sico en que se desenvuelve la actividad educativa no puede calificarse como algo completamente separado y ajeno a �sta, argumento que aleg� la Generalitat. "La configuraci�n de las instalaciones de los centros docentes son efectivamente el "escenario" o el "paisaje" de la actividad educativa y, por consiguiente, forman parte de la misma. Tal vez no la parte m�s importante; pero s� una parte relevante, que no debe ser desde�ada", se�ala la sentencia del Supremo sobre el idioma de los r�tulos y carteles de las escuelas e institutos. Y abunda: "No es lo mismo a efectos de la visi�n de las cosas que se transmite a los alumnos, un espacio f�sico donde se�ales y carteles est�n solo en una en las dos lenguas de la correspondiente Comunidad Aut�noma. En suma, la lengua empleada en la rotulaci�n de los centros docentes no es irrelevante para la ense�anza".La consecuencia de ello, para el tribunal, es que la exclusi�n del uso del castellano en la rotulaci�n en los centros docentes sostenidos con fondos p�blicos incide negativamente sobre la lengua vehicular de la ense�anza o, si se prefiere, restringe su normal potencialidad.Asimismo, la sentencia destaca que "el castellano es lengua oficial en toda Espa�a, lo que significa -entre otras cosas- que es lengua que no puede ser excluida en las comunicaciones entre los poderes p�blicos y los ciudadanos. Pues bien, los carteles y se�ales que permiten orientarse en edificios pertenecientes a la Administraci�n -como son, sin duda alguna, las escuelas y los institutos de titularidad p�blica- constituyen un modo de comunicarse con los particulares que acceden a ellos. De aqu� que no quepa afirmar que sean ajenos al r�gimen de cooficialidad ling��stica. Ello significa que excluir el uso del castellano a estos efectos no resulta respetuoso del art. 3 de la Constituci�n, por no mencionar que puede introducir una diferencia de trato injustificada en materia ling��stica a efectos del art. 14 de la propia carta constitucional".