El absentismo y las bajas laborales no son lo mismo, aunque Feijóo no lo sepa, le importen un higo los trabajadores y esté dispuesto a una involución en materia de derechos. Sin datos, sin rigor y con un desconocimiento palmario de la diferencia entre una falta de asistencia injustificada y una incapacidad temporal por enfermedad certificada por un médico, el líder de la oposición ha vuelto a desvelar involuntariamente sus verdaderas intenciones: recortar sueldo y “prestaciones” a los trabajadores de baja “con o sin acuerdo sindical”.
Primera premisa: la incapacidad temporal (baja médica) es una prestación contributiva del sistema de Seguridad Social, regulada en la Ley General de la Seguridad Social. La protección que dispensa presenta una doble finalidad: sanitaria para garantizar la recuperación del trabajador y económica para compensar la pérdida de ingresos mientras persiste la imposibilidad temporal de trabajar. El absentismo laboral es, por su parte, la ausencia de la persona trabajadora de su puesto de trabajo sin causa justificada diferenciándose así de las ausencias legítimas protegidas, como la incapacidad temporal.












