Dinero

Prevenci�n de blanqueo de capitales

La Agencia Tributaria puede requerir informaci�n a los bancos si superas una determinada cantidadUn cajero autom�tico.TRESBActualizado Lunes,

julio

11:00Ya hace a�os que el dinero en efectivo est� en peligro de extinci�n. Especialmente desde la pandemia, otras formas de pago han ido ganando posiciones, como es el caso de las tarjetas, el bizum o el pago a trav�s del m�vil. Unas circunstancias vistas de forma favorable por las autoridades en la lucha contra el blanqueo de capitales.Es por eso que la Agencia Tributaria vigila especialmente la retirada en efectivo de los cajeros autom�ticos. En este sentido, hay una serie de l�mites que hay que tener en cuenta y que pueden provocar preguntas de Hacienda. �Cu�les son?En primer lugar, cabe destacar que el Banco de Espa�a se�ala que "tu banco podr� exigir que te identifiques cuando ingreses dinero y lo har� necesariamente cuando realices una operaci�n en efectivo por un importe igual o superior a 1.000 euros". Es decir, una primera cifra a tener en cuenta son 1.000 euros, con la entidad oblig�ndote a identificarte. Sin embargo, en el BOE, hay una cantidad superior a la que se presta especial atenci�n desde la Administraci�n: 3.000 euros.Esto es lo que dice el BOEConcretamente, en el art�culo 4 de la Orden EHA/98/2010, de 25 de enero se se�ala lo siguiente."Las entidades de cr�dito y las dem�s entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tr�fico bancario o crediticio, a las que se refiere la letra b) del art�culo 38 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gesti�n e inspecci�n tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicaci�n de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, deber�n incluir en la declaraci�n informativa de las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, cuando su importe sea superior a 3.000 euros".Por tanto, las entidades bancarias informar�n de forma obligatoria a Hacienda cuando las operaciones superen los 3.000 euros. En esta declaraci�n habr� que incluir: Nombre y apellidos o raz�n social o denominaci�n completa y n�mero de identificaci�n fiscal de quien realiza la operaci�n, fecha de la operaci�n, car�cter de imposici�n, disposici�n, cobro o pago, importe en euros de la operaci�n realizada y n�mero de cuenta en la que se realizan los correspondientes cargos o abonos.