El BOE confirma la nueva forma en la que Hacienda controla los ingresos y retiradas de efectivo en cajeros. Aunque en España no existe un límite general para sacar dinero, la Agencia Tributaria puede pedir información a los bancos y abrir una investigación cuando detecta movimientos relevantes de efectivo. El control se vuelve más estricto a partir de determinadas cantidades. Según la información publicada, desde los 1.000 euros, Hacienda puede solicitar datos sobre la operación y pedir a la entidad bancaria información del cliente. Además, el Banco de España recuerda que los bancos deben entregar la cantidad solicitada siempre que haya saldo suficiente en la cuenta, aunque pueden pedir aviso previo si se trata de una cifra importante. El propio Banco de España también señala que la entidad podrá exigir la identificación del cliente cuando ingrese dinero y deberá hacerlo necesariamente cuando se realice una operación en efectivo igual o superior a 1.000 euros. Por tanto, no se trata de una prohibición para sacar o ingresar dinero, sino de un sistema de control destinado a comprobar el origen y el destino del efectivo. El umbral más relevante aparece a partir de los 3.000 euros. La Orden Ministerial EHA/98/2010, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece que las entidades de crédito deben incluir en una declaración informativa las imposiciones, disposiciones de fondos y cobros de documentos cuando el importe supere esa cantidad. También deben comunicarse las operaciones en las que intervengan billetes de 500 euros. En estos casos, los bancos deben remitir a la Agencia Tributaria datos como el nombre y apellidos del usuario, la razón social o denominación completa, el número de identificación fiscal y la información relativa a los cheques librados o abonados por la entidad. Esta obligación permite a Hacienda revisar movimientos que puedan estar vinculados con fraude fiscal, blanqueo de capitales u otros incumplimientos. Además, la normativa sobre efectivo también afecta al dinero que una persona puede llevar encima. Si se transportan 100.000 euros o más dentro de España, hay que declararlo previamente a Hacienda. En entradas o salidas del país dentro de la Unión Europea, el límite baja a 10.000 euros. No justificar la procedencia del efectivo o negarse a declarar una operación puede derivar en la retención del dinero, requerimientos de documentación y un expediente sancionador. El BOE confirma la nueva forma en la que Hacienda controla los ingresos y retiradas de efectivo en cajeros. Aunque en España no existe un límite general para sacar dinero, la Agencia Tributaria puede pedir información a los bancos y abrir una investigación cuando detecta movimientos relevantes de efectivo.
El BOE confirma la nueva forma en la que Hacienda controla los ingresos y retiradas de efectivo en cajeros
La Agencia Tributaria puede pedir información al banco cuando detecta operaciones en efectivo de determinados importes








