S�lo algunos perfiles vinculados al mundo tecnol�gico pueden optar a un sueldo en criptomonedas. La volatilidad y complejidad fiscal de este activo digital dificulta una opci�n salarial que en Espa�a tributa como retribuci�n en especie y exige convertir su valor en euros para las cotizaciones legales. El proceso debe ser transparente, voluntario y se recomienda que incluya cl�usulas de reversibilidad. Alrededor del 6% de los trabajadores en Espa�a estar�a interesado en recibir parte de su sueldo mediante criptomonedas. Este dato, procedente del estudio Remote Payroll Report, abre la caja de Pandora de una tendencia salarial que, por ahora, ofrecen como opci�n casi todos los gigantes internacionales del sector cripto, como Coinbase, Kraken, Binance o Crypto.com. Tambi�n Twitter, ahora X, bajo la direcci�n de Jack Dorsey impuls� el uso de Bitcoin. Tras la compra de Elon Musk de la red social el enfoque ha variado... aunque sigue siendo una empresa cripto friendly.En Espa�a no existen casos consolidados que apuesten por las criptos como moneda de cambio y los expertos retribuci�n consultados para elaborar este reportaje confirman que sus clientes no lo est�n haciendo. Jorge Herraiz, director talent solutions de Aon, confirma que no tiene ning�n cliente que haya reportado que pague con criptomonedas: "Tenemos m�s de 1.000 participantes en la base de datos de Espa�a. Y eso que tenemos muchas empresas tecnol�gicas. Igualmente y vinculado al paquete de compensaci�n total, tampoco tenemos constancia de la existencia de planes de pensiones con ciclos de vida agresivos que se referencien a criptomonedas".La volatilidad y fiscalidad de las criptomonedas complica su entrada en los paquetes retributivos tradicionales. Por ejemplo, un empleado que recibe su sueldo en bitcoins un lunes se arriesga a reducir su poder adquisitivo en un 10% o 20% el viernes debido a una correcci�n del mercado. Las planificaci�n de gastos b�sicos como alquiler o comida se complica.Deel y Glassdoor indican que ofrecer criptos es una herramienta de m�rketing poderosa para atraer a la Generaci�n Z y a los Millennials vinculados al sector tecnol�gico, y en las empresas con n�minas internacionales, las criptomonedas eliminan los retrasos de los sistemas bancarios tradicionales (Swift) y reducen dr�sticamente las comisiones de intermediarios. Es casi instant�neo y funciona 24 por 7. No obstante, conviene recordar que investigaciones legales actuales destacan que la mayor�a de las jurisdicciones (incluyendo Espa�a y gran parte de la Uni�n Europea) no consideran a las criptomonedas como "moneda de curso legal".Otra cuesti�n que resta atractivo a estos activos digitales es que el empleado debe calcular las ganancias o p�rdidas patrimoniales cada vez que cambia su criptos a euros o paga algo... Lo que puede generar una pesadilla contable constante.Pros y contrasAntes de aceptar un sueldo en criptomonedas hay que tener en cuenta lo que dice la ley. Carlos de la Torre, socio de laboral de Andersen, recuerda que la normativa laboral en Espa�a en el art�culo 29.4 del Estatuto de Trabajadores dice que el salario se debe pagar en moneda de curso legal o mediante cheque o transferencia bancaria. Afirma que "las criptomonedas no son monedas de curso legal. Sin embargo, las partes podr�an acordar que se pacte un 30% del pago en criptos de manera que encajen como salario en especie, aunque las partes deber�an resolver tambi�n su equivalente a una moneda de curso legal en Espa�a (en euros)".Los expertos coinciden en que el pago de salarios en criptomonedas ha pasado de ser una curiosidad tecnol�gica a una opci�n real en un mercado laboral global, sobre todo en los sectores de tecnolog�a, finanzas y para trabajadores remotos. Herraiz observa que en perfiles muy vinculados al mundo tecnol�gico, digital o de blockchain, puede interpretarse incluso como una se�al de modernidad, innovaci�n y cierta coherencia cultural por parte de la empresa. A�ade que "tambi�n podr�a tener sentido para aquellos empleados que ya tuvieran previsto destinar parte de su salario a la compra peri�dica de criptomonedas -seguramente una proporci�n muy peque�a de la plantilla-, en la medida en que recibir directamente una parte de la retribuci�n en estos activos podr�a reducir determinados costes de intermediaci�n asociados a compras recurrentes".Conviene, por tanto, valorar muchos factores antes de dar el 's� quiero'. Nikos Theodorou, head of payments de Remote -plataforma para la gesti�n de n�minas y empleo- asegura que una de las principales ventajas de recibir el sueldo en criptodivisas es la flexibilidad financiera que ofrece a los empleados. No obstante, aclara que es importante tener en cuenta que la responsabilidad de proteger estos activos recae en el trabajador: "Esto hace que la educaci�n financiera sea esencial para ayudar a evitar errores operativos. Otra consideraci�n clave es la complejidad normativa y fiscal, que var�a de un pa�s a otro".Javier P�rez-Navarro, director de Peoplematters, coincide en que el pago en estos activos digitales puede funcionar como un elemento de diferenciaci�n y m�rketing para atraer a ciertos perfiles tecnol�gicos muy especializados, adem�s de agilizar transferencias internacionales. Pero en la parte de los contras menciona que introducen "una variable de volatilidad que dificulta la previsibilidad salarial, a�ade bastante complejidad fiscal al trabajador y carece de las coberturas tradicionales de los fondos de garant�a salarial sobre estos activos". Herraiz subraya que muy pocos empleados saben qu� son y c�mo funcionan las criptomonedas. Menciona que, seg�n datos del BCE, en 2024 s�lo el 9% de los adultos en Espa�a -en l�nea con la media de la eurozona- pose�a criptodivisas, y el Banco de Espa�a a�ade que para m�s del 80% de los hogares tenedores estos activos representaba menos del 10% de su riqueza financiera. "Esto confirma que hablamos todav�a de una exposici�n limitada y, en muchos casos, muy minoritaria dentro del patrimonio personal".Im�n de talentoQue las criptomonedas sean el im�n para atraer talento no est� del todo claro. Maribel Rodr�guez, socia fundadora de Direactivas, asegura que s�lo para un nicho muy concreto: "Profesionales globales, criptonativos o con movilidad internacional consolidada. En general, la estabilidad pesa m�s que la innovaci�n retributiva. No estar�amos hablando de un incentivo universal, sino de una palanca de marca para un segmento muy espec�fico del mercado".Herraiz observa que algunos profesionales internacionales -especialmente en entornos digitales, web3 o blockchain- pueden valorar positivamente esta flexibilidad. "Tambi�n puede tener cierto sentido operativo en pagos transfronterizos o en mercados muy concretos". En este sentido, P�rez-Navarro apunta que el �xito del pago en criptomonedas depende mucho del contexto geogr�fico: "Podr�a ser una soluci�n muy eficiente en pa�ses con econom�as inestables, alta inflaci�n o restricciones de capital". Al margen de todo esto, reconoce que "en la mayor�a de los casos el coste e implicaciones legales superan al valor real de atracci�n". Herraiz tambi�n est� convencido de que las criptomonedas "tienen m�s recorrido como mensaje externo que como verdadero elemento diferencial en la experiencia del empleado".La n�minaC�mo aparece en la n�mina es uno de los asuntos m�s controvertidos de este modelo retributivo. "Con independencia de c�mo se instrumente el pago, cualquier modelo retributivo tiene que seguir siendo claro, transparente y perfectamente trazable", apunta Herraiz. Aclara que esto significa que "el valor de los criptoactivos tendr�a que convertirse a euros en el momento de la liquidaci�n para poder calcular correctamente la n�mina, las retenciones, las cotizaciones y el resto de obligaciones asociadas al salario. La empresa necesita saber exactamente qu� valor econ�mico est� entregando y c�mo debe reflejarlo en cada recibo salarial". De la Torre coincide en que el pago en la n�mina aparecer�a en el valor monetario en euros de la criptomoneda y su impacto en las cotizaciones ser�a su simulaci�n como euros en su valor en la fecha de entrega: "Deber� venir en la n�mina y aplicar en las retenciones a cuenta. En las cotizaciones, el valor de las criptomonedas deber�a integrarse en la base de cotizaciones en su equivalente en euros a la fecha de devengo".Herraiz advierte que desde el punto pr�ctico esto puede ser "enormemente complejo" para los equipos de administraci�n de personal: "Cuadrar cada mes una n�mina ya exige precisi�n, control y consistencia; si adem�s una parte de la remuneraci�n est� sujeta a la volatilidad de un criptoactivo, se introduce una capa adicional de dificultad en la valoraci�n, el registro y la conciliaci�n del pago".Concluye que recibir del parte del salario en criptomonedas no elimina ninguna de las obligaciones habituales de un rendimiento del trabajo; "m�s bien a�ade complejidad operativa, fiscal y administrativa a un proceso que debe ser especialmente robusto".Las cotizacionesNo menos importantes son las cotizaciones. Theodorou explica que en la mayor�a de las jurisdicciones los pagos en criptomonedas se consideran una prestaci�n en especie o una remuneraci�n valorada en moneda fiduciaria en el momento del pago o la conversi�n: "Los aut�nomos suelen emitir facturas en una moneda principal, y la conversi�n a stablecoins se produce en el momento del pago. Para los empleados a tiempo completo existe un modelo de financiaci�n m�s reciente, que permite a los empleadores y a las empresas de gesti�n de n�minas pagar al empleado en moneda fiduciaria en una cuenta a nombre del empleado, realiz�ndose la conversi�n a stablecoins inmediatamente despu�s".Rodr�guez insiste en que el pago debe aparecer declarado en euros, aunque se materialice en criptos: "Las cotizaciones y la retenci�n de IRPF se calculan sobre el valor en euros en el momento del pago -fiscalmente es salario y tributa como tal-. Si el empleado mantiene la criptomoneda despu�s de cobrarla, cualquier ganancia o p�rdida posterior se declara como plusval�a patrimonial -seg�n los tipos-. Para la empresa, el tratamiento contable y fiscal es id�ntico al de un salario tradicional".Por su parte, P�rez-Navarro recuerda que en el marco espa�ol este pago suele articularse como una retribuci�n en especie: "Esto significa que no exime de las obligaciones habituales: cotiza a la Seguridad Social seg�n su valor de mercado en euros y est� sujeto a la correspondiente retenci�n de IRPF. El neto resultante es el que finalmente se transforma en el activo digital".La reversibilidadAnte este panorama retributivo tan incierto, la cuesti�n es si en alg�n momento el empleado puede declinar el sueldo en cripto y volver a lo de siempre de una forma r�pida, sobre todo en caso de ca�das prolongadas del activo digital o por cambios en su situaci�n personal que requieran una situaci�n financiera menos vol�til. P�rez-Navarro califica de recomendable una cl�usula de reversibilidad a la hora de aceptar parte del sueldo en criptos: "Las circunstancias personales de un trabajador cambian de forma repentina y una pol�tica de compensaci�n flexible equilibrada deber�a permitir al empleado regresar al cobro cien por cien en dinero de curso legal de manera �gil".Para Herraiz esta cl�usula deber�a ser una condici�n b�sica "en cualquier implantaci�n seria de un esquema de este tipo", porque las circunstancias personales y financieras de las personas cambian con rapidez. Menciona, por ejemplo, el nacimiento de un hijo, una hipoteca, un gasto inesperado, una necesidad de liquidez o "simplemente un cambio en su tolerancia al riesgo".Y hay vuelta atr�s: "Los pagos con criptomonedas siempre deben ofrecerse como una opci�n de pago adicional. Los empleados deben poder volver a los pagos salariales tradicionales sin penalizaciones ni complicaciones innecesarias. Esto es especialmente importante cuando se producen acontecimientos importantes en la vida, como contratar una hipoteca, hacer frente a gastos inesperados o sufrir cambios en su situaci�n financiera personal", concluye Theodorou.El denominador común de las criptomonedas es su volatilidad. Algunas fuentes hablan de más de 5.000 tipos de monedas virtuales, pero las más relevantes se agrupan en cinco, según un análisis de la Universidad Europea.Bitcoin (BTC). Creada en 2009 por Satoshi Nakamoto, aún se corona como la más reconocida y la que cuenta con una mayor capitalización de mercado.Ethereum (ETH). Se ejecuta en la cadena de bloques Ethereum. Como el bitcoin, opera en su propia cadena de bloques, con la única diferencia de que ether no tiene límite, es decir, que en teoría se podría crear una cantidad infinita de este tipo de criptomonedas.Tether (USDT). Diseñado para tener un precio menos volátil al estar vinculado a un activo externo. Equivalen a los dólares estadounidenses, pero existe cierto debate sobre si está totalmente respaldada por el dólar o no.Binance Coin (BNB). Pertenece a Binance, una de las plataformas de intercambio de monedas más grande del mundo.US Dólar Coin (USDC). Como USDT, es una 'stablecoin' conectada al dólar estadounidense que no se puede minar. La diferencia entre ambas es que USDC cuenta con una financiación más transparente y mejores precios de auditoría que Tether, abogando así por eliminar parte del riesgo asociado normalmente al uso de las criptomonedas.Para Javier Pérez-Navarro, director en Peoplematters, la respuesta está clara: "Habitualmente el riesgo lo asume el empleado al aceptar el activo, lo que podría generar fricciones si el mercado cae". Propone como salvaguarda aconsejable desde recursos humanos, "fijar siempre el valor de referencia en la divisa local el día del devengo y realizar la conversión de manera inmediata para minimizar el impacto del tipo de cambio".La transparencia debe ser un imponderable cuando una empresa propone la criptomoneda como parte del sueldo. Jorge Herraiz, 'director talent solutions' de Aon, recuerda que la parte fija del salario "existe precisamente para garantizar un nivel mínimo de seguridad económica". Por esta razón cree que "cualquier exposición a la volatilidad debería quedar limitada a una parte voluntaria, claramente identificada y, además, compatible con los límites legales aplicables a la retribución en especie, que es como previsiblemente tendría que tratarse un pago en criptomonedas". Subraya además que las 'criptos' no tienen la consideración de moneda de curso legal. "Por ello, la interpretación más extendida es que su entrega tendría la consideración de retribución en especie". Esto quiere decir que se sometería al límite legal del 30% aplicable a este tipo de percepciones.Maribel Rodríguez, socia fundadora de Direactivas, opina que quien diseña el esquema retributivo es quien debe blindarlo, garantizar un valor mínimo en euros y liquidar el pago de forma inmediata, convirtiendo a euros en el mismo momento de la nómina o cubriendo la exposición al riesgo mediante 'hedging'. Matiza que a partir de ahí, "si el empleado decide mantener posición en 'criptos', esa pasa a ser una decisión personal de inversión, no una condición impuesta por el empleador".Según Nikos Theodorou, 'head of payments' de Remote, si se recibe el salario en 'stablecoins' -vinculadas a monedas fiduciarias, como el dólar estadounidense o el euro-, el riesgo de volatilidad en el momento del pago es mínimo, aunque el empleado suele asumir los costes de conversión. Subraya que "esta modalidad debe ser siempre voluntaria y transparente, garantizando el valor íntegro de la nómina y flexibilidad para los autónomos".
�Aceptar�a cobrar parte de su sueldo en criptomonedas?
Alrededor del 6% de los trabajadores en Espa�a estar�a interesado en recibir parte de su sueldo mediante criptomonedas. Este dato, procedente del estudio Remote Payroll Report,...










