Desde hace varios años, y después de intensas y prolongadas deliberaciones, muchos países, incluso dos en nuestra región, han avanzado en legislar temas que para una parte de la sociedad siguen siendo controversiales, como lo es la eutanasia.

En Colombia, la regulación de su aplicación es una facultad de la Corte Constitucional, cuya primera sentencia en esa dirección fue en el año 1997, aunque se aplicó por primera vez en 2015. Uruguay, por ley del Congreso y bajo la denominación técnica de “Ley de Muerte Voluntaria Médicamente Asistida” o “Muerte Digna”, la sancionó en 2025. Nueva Zelanda sometió la norma ad referéndum, donde la ciudadanía se expresó en un 65 % a favor y, por lo tanto, es ley. Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Estados Unidos, Australia y, hace algunos años, España, han reconocido legalmente la eutanasia.

Con diferente terminología, pero en una misma dirección, se la ha definido como: “Poner fin a la vida por solicitud y pedido expreso de la persona que sufre enfermedad, discapacidad o afección grave e incurable que producen sufrimiento físico o psíquico extremos imposibles de aliviar”.

Se ha comenzado entonces a legalizar y regular lo que se debate desde hace siglos en el mundo de la ciencia y la bioética. Por solo poner dos ejemplos, podemos citar al abogado Robert G. Ingersoll y al intelectual judío racionalista Felix Adler, quienes pusieron en la consideración pública, a fines del siglo XIX, “la necesidad de resolver la problemática de aquellas situaciones donde la gente sufría una enfermedad crónica, de insoportable dolor y sin posibilidad alguna de alivio o recuperación”.