Existía una gran preocupación entre las organizaciones de consumidores de toda Europa por la reforma del Reglamento 261 sobre derechos de los pasajeros aéreos. Era tal el temor de estos colectivos que incluso, en una acción coordinada por la Organización Europea de Consumidores (BEUC), enviaron una carta conjunta a ministerios de los Estados miembros y a europarlamentarios de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo pidiendo reconsiderar algunos aspectos de la propuestas, sobre todo en lo que se refiere a compensaciones a los pasajeros en caso de cancelaciones y retrasos. Finalmente, parece que las modificaciones -pendientes aún del trámite validación por el pleno de la Eurocámara el próximo mes de julio- que se realizarán no serán tan negativas para los viajeros de avión. No obstante, hay aspectos que suponen un recorte de derechos. "Empeoran la actual normativa", ha sentenciado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que ha centrado sus críticas en tres aspectos. En primer lugar, "se admite el cobro por el equipaje de cabina, incluido ahora en el precio final del billete". "Aunque se permite excluirlo durante la contratación renunciando al mismo, esta decisión avalaría el actual cobro de las aerolíneas low cost", que según la OCU suma 56 euros adicionales de media y que recientemente sancionó el Ministerio de Consumo.Esta organización también ha puesto el foco en que no se actualizarán las indemnizaciones en caso de retraso o cancelación pese a que la inflación se va acumulando año tras año: "Se mantienen los mismos importes acordados hace 13 años, que varían entre los 250 y los 600 euros para vuelos con un retraso de al menos 3 horas. Algo difícilmente entendible si se considera que desde 2013, cuando se empezó a negociar una actualización del acuerdo, el IPC acumulado en la eurozona ha aumentado un 34%". Por último, ha denunciado la OCU, "las aerolíneas no facilitarán mecanismos automáticos y simplificados para solicitar las reclamaciones, con formularios prerellenados o al menos un link a los mismos". Se prohíben las cláusulas 'no show'La OCU, no obstante, también ha valorado positivamente otras medidas que mejoran la actual normativa, como "mantener el umbral actual de tres horas de retraso en la llegada para tener derecho a una compensación, equiparándolo con una cancelación del vuelo" o prohibir las cláusulas denominadas como no show, que "impedían a los pasajeros utilizar el vuelo de regreso si no habían hecho uso del trayecto de ida".También se obliga a las aerolíneas a "comunicar de forma clara y accesible a los pasajeros los derechos de compensación en un plazo máximo de cuatro días en caso de incidencias". Además, el nuevo reglamento hace especial atención a los pasajeros con discapacidad, mujeres embarazadas y niños en cochecito: "Estos viajeros tendrán prioridad en el embarque y sus acompañantes podrán sentarse al lado sin cargos adicionales". Las aerolíneas asimismo deberán "concretar lo que se considera circunstancias extraordinarias limitándolas a aquellas que escapan a la previsión de la compañía y no son inherentes a su servicio (aunque podría serlo una huelga del personal del avión), ya que anularían posibles compensaciones".