El supervisor debe establecer si la apertura de juicio aporta elementos nuevos que puedan modificar la condici�n de Barrab�s para ejercer como consejero. Santander mantiene el respaldo para el ejercicio del cargo de consejero a Juan Carlos Barrab�s, tras la apertura de juicio al empresario por los delitos de tr�fico de influencias y corrupci�n en los negocios en el sector privado entre particulares, en el marco del procedimiento judicial contra Bego�a G�mez, mujer del presidente del Gobierno.El banco reitera la postura expresada hace dos meses por su consejero delegado, H�ctor Grisi, cuando se�al� que el Banco Central Europeo (BCE) hab�a trasladado a la entidad que Barrab�s era id�neo para el cargo y seguir�a en el banco mientras "no suceda nada en sentido contrario". Barrab�s, que fue reelegido como consejero en la junta de accionistas que Santander celebr� en marzo, se incorpor� al �rgano de gobierno de la entidad en 2024 como vocal independiente. En el informe anual de 2024, el banco indic� que el empresario segu�a "siendo id�neo para el ejercicio del cargo, sin perjuicio del seguimiento continuo que realizar� del caso".Normativa del BCE Tras la apertura de juicio, el supervisor deber�a establecer si este factor aporta elementos nuevos que puedan modificar la condici�n de Barrab�s para ejercer como consejero. La normativa del BCE establece que "la aparici�n de hechos nuevos podr�a dar lugar a una nueva evaluaci�n del miembro del �rgano de administraci�n". Cuando el BCE recibe nuevos datos, examina en una fase de evaluaci�n previa si esta informaci�n contiene hechos que se consideran nuevos y si �stos tienen suficiente valor probatorio y podr�an afectar a la idoneidad. Si en esta fase de evaluaci�n previa el BCE concluye que los hechos nuevos son pertinentes, inicia el proceso de nueva evaluaci�n. En caso contrario, el procedimiento no prosigue. El inicio de una nueva evaluaci�n no conlleva autom�ticamente una decisi�n negativa o la destituci�n del consejero. Puede darse "una decisi�n negativa, una decisi�n positiva que contenga disposiciones accesorias, o una decisi�n positiva que contenga cualesquiera otras expectativas supervisoras o avisos". Respecto a las "orientaciones generales sobre si un hecho nuevo puede dar lugar a una nueva evaluaci�n", las decisiones judiciales o administrativas definitivas, "cuando no exista un recurso pendiente", deber�n dar lugar a una nueva evaluaci�n.Reglamento de SantanderPor su parte, el reglamento del consejo de Santander establece que sus miembros "deber�n comunicar cuanto antes aquellas circunstancias que les afecten, relacionadas o no con su actuaci�n en la sociedad, y que puedan perjudicar al cr�dito y reputaci�n de aquella y, en particular, las causas penales en las que aparezcan como investigados, as� como su evoluci�n procesal". "Habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el p�rrafo anterior, el consejo examinar� el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decidir�, previo informe de la comisi�n de Nombramientos, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigaci�n interna, solicitar la dimisi�n del consejero o proponer su cese", explica el banco.