La edad de jubilación continuará aumentando progresivamente en España hasta alcanzar los 67 años a partir del año que viene para los que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses. Por su parte, en 2027 podrán jubilarse a los 65 años solo los trabajadores que hayan cotizado 38 años y 6 meses o más.Ahora bien, aunque el solicitante cumpla con las cotizaciones exigidas, si adelanta su jubilación antes de la edad ordinaria no cobrará el 100% de la pensión, ya que la Seguridad Social le aplicará un coeficiente reductor de entre el 21% y el 2,81%. El porcentaje final a aplicar dependerá de los meses que adelante la jubilación y de los años cotizados, aunque afecta incluso a las carreras laborales de más de 44 años.
El organismo permite adelantar la edad de jubilación de forma voluntaria dos años como máximo, o lo que es lo mismo, 24 meses. Adelantar la jubilación 24 o 20 meses puede marcar la diferencia a la hora de aplicar el porcentaje. Así, la penalización máxima del 21% la enfrentarán los que se jubilen dos años antes de lo permitido y hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses.
A medida que aumentan los años cotizados la penalización se reduce, pero continúa por encima del 10% en muchos casos. Por ejemplo, un trabajador que haya cotizado más de 44 años y 6 meses pero adelante su jubilación 21 meses verá reducida su cuantía en un 11%. Si la adelantase solo un año, el coeficiente reductor bajaría hasta el 4,75%.







