Desde 2013 la edad de jubilación ha ido aumentando progresivamente, igual que las cotizaciones exigidas para acceder al 100% de la pensión. En 2026 podrán jubilarse a los 65 años los trabajadores que hayan cotizado 38 años y 3 meses o más, mientras que los que hayan cotizado menos se jubilarán a los 66 años y 10 meses. A partir de 2027, podrán hacerlo a los 67 años. La Seguridad Social permite a los trabajadores que así lo deseen adelantar o retrasar su jubilación, enfrentando coeficientes reductores por lo primero e incentivos por lo segundo. El objetivo es que los beneficiarios menos cantidad de pensión durante más tiempo o, en su defecto, que cobren más durante menos tiempo para sanear las arcas del Estado.
Los que decidan acogerse a la jubilación anticipada pueden dejar de trabajador dos años antes de lo previsto como máximo, aunque enfrentarán por ello una reducción de entre el 21% y el 2,81% en su pensión. El porcentaje final dependerá de los meses que adelanten la jubilación y las cotizaciones acumuladas por lo que, cuanto más se adelante, más reducción.
Los coeficientes no tienen en cuenta las carreras largas, sino que se aplican a todos los trabajadores que adelanten la jubilación, independientemente de si han cotizado 38, 40, 44 años o más. Así, un trabajador que haya cotizado más de 38 años y 6 meses pero menos de 41 años y 6 meses verá reducida su pensión en un 14% si decide adelantar su jubilación 1 año y 10 meses. Por contra, si solo ha adelanta un año, la reducción sería solo del 5,25%, mientras que si la adelanta dos años enteros, aumentaría hasta el 19%.
















