Eduardo Bittar advirtió que el mecanismo elimina controles de transparencia y refuerza la discrecionalidad presidencial. También criticó que se suprimió la obligación de respetar diversidad de género, especialidad y procedencia regional. El presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, cuestionó el decreto 467 que el gobierno nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial y que modifica el régimen vigente desde 2003 para la designación de ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

"Este decreto privilegia la rapidez y la discrecionalidad presidencial", sostuvo Bittar en diálogo con Es por Acá, el programa que emite Radio Punto a Punto 90.7. Para el abogado, el mecanismo anterior funcionaba como un sistema de "autolimitación presidencial" basado en publicidad, transparencia y participación ciudadana. El nuevo decreto, dijo, "tiende a suprimir esto en aras de mayor celeridad".

Qué cambia concretamente

El decreto 222 que rigió desde 2003 establecía una serie de condiciones que debía cumplir el Poder Ejecutivo antes de proponer un candidato a la Corte: audiencias públicas, control de requisitos, participación de ciudadanos, colegios profesionales, entidades académicas y organismos de derechos humanos, que podían presentar observaciones o apoyos durante 15 días ante el Ministerio de Justicia.