A través del decreto 467/2026 el gobierno de Javier Milei derogó los artículos del decreto 222/2003 vigentes desde la presidencia de Néstor Kirchner que obligaban a publicar candidaturas en diarios y abrir períodos de impugnación ciudadana antes de la nominación presidencial. Ahora, la transparencia queda en manos del Senado. Entre los artículos derogados figura el que garantizaba una representación diversificada, federal y de género, en el nombramiento de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ante esa situación, la oficina de Género de la Asociación de Magistrados de Córdoba emitió un pronunciamiento crítico.

Además de expresar “preocupación” advirtió que garantizar la paridad entre mujeres y varones a la hora de designar magistrados “no es facultativo”: “Nuestro país se encuentra obligado a garantizar a las mujeres el acceso a cargos públicos en todas las esferas gubernamentales, en igualdad de condiciones con el hombre”, señaló en un comunicado. Agregó que la paridad de género es un indicador de calidad democrática.

COMUNICADO. En sus redes la Asociación de Magistrados de Córdoba publicó la posición de la Oficina de Género.

Qué dice el decreto