Investigación Exclusivo suscriptores Aunque Corte Suprema reversó la medida, EL TIEMPO conoció apertura de investigación a magistrado Rafael Chavarro. Esto es lo que se sabe.El magistrado Rafael Chavarro Poveda y el candidato a la Presidencia Abelardo De La Espriella. Foto: Personajes de Acacías y archivo particular16.06.2026 12:38 Actualizado: 16.06.2026 12:38
Una medida cautelar, ordenada por el magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, Rafael Albeiro Chavarro, sacudió la campaña a la presidencia luego de que, el 9 de junio, le prohibió al candidato Abelardo De La Espriella usar en su publicidad política los símbolos patrios y la frase 'Firmes por la Patria'.Y si bien la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia suspendió dicha orden -tras admitir una acción de tutela del propio De la Espriella-, la medida decretada por Chavarro acaba de tener consecuencias disciplinarias. EL TIEMPO conoció en primicia que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) acaba de ordenar la apertura de investigación contra el togado. LEA TAMBIÉN La decisión de SampedroEl magistrado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial Julio Andrés Sampedro Arrubla. Foto:CNDJChavarro, oriundo de Villavicencio, había sustentado su decisión en el hecho de que la utilización de elementos asociados a la identidad nacional dentro de la estrategia electoral podría “afectar” los derechos fundamentales de los ciudadanos a elegir y ser representados en condiciones de igualdad.Al respecto, la Corte le recordó que las medidas cautelares tienen carácter excepcional y exigen una ponderación para evitar que se genere un daño desproporcionado.Y ahora, con ponencia con ponencia del magistrado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, Julio Andrés Sampedro Arrubla, le abrieron investigación al togado Chavarro. LEA TAMBIÉN La apertura de investigaciónAbelardo De la Espriella, en su cierre de campaña en Buga, Valle del Cauca. Foto:Samir RojasAunque la decisión permanece bajo reserva, EL TIEMPO estableció en primicia que lo que se está evaluando es que la decisión de Chavarro Poveda fue contraria al ordenamiento jurídico, arbitraria o adoptada con extralimitación de funciones.La decisión, fechada hoy 16 de junio, ordena aportar copia integral de la acción de tutela que terminó en el despacho de Chavarro Poveda, así como la tutela que hizo trámite en la Corte Suprema de Justicia.La providencia de Sampedro también dispone escuchar en versión libre al magistrado o, por el contrario, informarle la posibilidad de confirmar o aceptar los hechos.La Red de Veeduría presentó la queja contra el togado en la que se pidió revisar la actuación judicial, al considerar que tendría implicaciones en el desarrollo del proceso electoral y en la aplicación de normas vigentes.UNIDAD INVESTIGATIVAu.ivestigativa@eltiempo.com@UinvestigativaETSíganos ahora en Facebook Sigue toda la información de Unidad Investigativa en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.














