NoticiaSe trata de una decisión inédita, tomada este martes 10 de junio, que genera profundas dudas jurídicas.El presidente Gustavo Petro. Foto: Raul ARBOLEDA / AFP10.06.2026 09:12 Actualizado: 10.06.2026 09:41

En una decisión inédita, el presidente Gustavo Petro fue suspendido de su cargo este martes 10 de junio por orden de la presidenta e investigadora de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta. La razón de esta determinación es por presunta participación en política. Se trata de una medida cautelar que genera profundas dudas jurídicas. ¿Hasta qué fecha estaría apartado del cargo el primer mandatario?Esta suspensión implica serias dudas jurídicas porque las decisiones de la Comisión de Acusación usualmente deben ser sometidas a la plenaria de la misma célula y eventualmente a la plenaria de Cámara de Representantes. Miembros de la comisión señalaron a EL TIEMPO que este tipo de medidas ya habían sido consideradas previamente y desechadas por las mismas dudas de viabilidad.Cabe mencionar que el jefe de Estado se encuentra en Nueva York participando en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU). De acuerdo con el decreto 0575 de la Presidencia, el mandatario colombiano partió el pasado 9 de junio hacia esa ciudad.¿Hasta qué fecha estaría apartado del cargo el presidente Gustavo Petro?La determinación iría hasta el 21 de junio a las 4:00 p. m., fecha de la segunda vuelta presidencial, como decisión extraordinaria para evitar su participación en política e injerencia en la campaña electoral."Por tratarse de medida que opera de manera inmediata, deberá comunicarse a la Dirección del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para lo de su competencia", dice el auto conocido por este diario.Y es que, según dicen las fuentes mencionadas anteriormente, esta decisión, tomada por una parlamentaria del partido del jefe de Estado, podría abrirle la posibilidad al mandatario de participar mucho más de lleno en la campaña a favor del candidato de su proyecto, Iván Cepeda. Esto porque lo liberaría de las restricciones de su cargo.Las causas de la medida cautelar ordenada por la presidenta de la Comisión de Acusaciones de la CámaraEn el documento, conocido por EL TIEMPO, se precisa que la "suspensión provisional es una medida cautelar que el funcionario instructor puede adoptar durante la investigación por faltas graves o gravísimas". En el texto se indica que la "conducta investigada" del presidente Petro se enmarca en "la prohibición de intervención en política del artículo 60, numerales 1 y 2, de la Ley 1952 de 2019, tipificada como falta gravísima".Se aclara que la "determinación definitiva de su naturaleza será objeto de la investigación; sin embargo, por la jerarquía del disciplinable y la trascendencia de la presunta falta, es decir, por el desconocimiento del deber de neutralidad de los servidores públicos en el marco de una contienda electoral, a pocos días de la segunda vuelta presidencial, la conducta no puede catalogarse como leve".Noticia en desarrollo... Sigue toda la información de Política en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.