NoticiaEl alto tribunal falló un recurso de súplica en el que consideró que no hubo infracción normativa ni contradicción con las leyes vigentes.Consejo de Estado. Foto: Jesús BlanquicetPERIODISTA JUDICIAL03.06.2026 08:01 Actualizado: 03.06.2026 08:01
Miles de empresas tendrán que pagar más por concepto de retención en la fuente. Luego de que el pasado 7 de mayo el Consejo de Estado decidiera suspender los artículos 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, que ordenaban este aumento, el alto tribunal reversó esa decisión al resolver un recurso de súplica y mantuvo vigente la directriz del Ejecutivo.Los efectos de la revocatoria de la medida cautelar comenzarán a regir a partir del primer día calendario del mes siguiente a la ejecutoria de esta decisión.Aunque en un primer momento el Consejo de Estado había señalado que el decreto no tenía sustento en estudios técnicos sobre la realidad económica de los contribuyentes, la Sección Cuarta, que resolvió el recurso de súplica presentado por el Ministerio de Hacienda, aclaró que en esta etapa procesal no correspondía hacer esa valoración."A su juicio, solo procedía determinar si el decreto fue expedido con fundamento en la aplicación del artículo 365 del Estatuto Tributario", explicó el alto tribunal. Es decir, establecer si la norma entraba en contradicción con alguna disposición legal superior o vigente.Noticia en desarrollo... Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.









