El tributarista Sebastián Domínguez dio precisiones sobre las exenciones del impuesto a las Ganancias a los ingresos por alquileres y ventas de viviendas.
“No se va a tributar ganancias sobre alquileres con destino casa habitación y tampoco van a pagar impuesto a las ganancias las personas humanas que compran y vendan inmuebles adquiridos después del 1 de enero de 2018”, explicó en declaraciones a Mitre Córdoba.
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Cuáles son las exenciones al impuesto a las Ganancias
“Esto se sancionó junto con la ley de reforma laboral. Lo que pasa que recién en el día de ayer fue reglamentado. Y en esa reglamentación, a través de un decreto, el Poder Ejecutivo definió algunas cosas. Por ejemplo, casa habitación es aquel inmueble con destino de vivienda única, familiar y de ocupación... Esa definición ya estaba en el decreto, ahora le hace un pequeño retoque, pero sigue con el mismo objetivo”, precisó.









