Certificado electoralFoto: El EspectadorResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00Este 31 de mayo los colombianos acuden a las urnas para elegir al próximo presidente o presidenta para los próximos cuatro años. Con la intención de combatir el absetencionismo, la ley ofrece una serie de beneficios para los sufragantes. Aquí le explicamos cómo los puede reclamar.Media jornada de descanso remuneradaSegún lo establecido en el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, la persona que ejerza su derecho al voto tiene derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado.Tenga en cuenta que este beneficio solo se podrá disfrutar dentro del mes siguiente a la votación. En otras palabras, esta media jornada de descanso se le tiene que reconocer antes del 31 de junio de 2026.La ley también establece que no puede ser cualquier día dentro de esta ventana de tiempo, sino que se tiene que acordar con el empleador.El paso a paso es:Obtener el certificado electoralPresentarlo al área de recursos humanos o al jefe inmediatoAcordar la fecha en la que se disfrutará este medio día de descansoOtros beneficiosEl certificado electoral también le da derecho a Ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hayan hecho, en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.Una rebaja de un mes en el tiempo de prestación de este servicio, cuando se trate de soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller, y de dos meses, cuando se trate de soldados campesinos o soldados regulares (esto para quienes hayan participado de las elecciones antes de haber sido reclutados).Ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hubieren hecho, en caso de igualdad de puntaje en la lista de elegibles para un empleo de carrera del Estado.Ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hicieron, en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.A un 10 % de descuento en el costo de la matrícula, si es estudiante de una institución de educación superior oficial (algunas no oficiales también ofrecen este beneficio).Una rebaja del 10% en el valor de expedición del pasaporte que solicite durante los cuatro años siguientes a la votación (esto solo se puede hacer por una sola vez).A un 10 % de descuento del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial.A un 10 % de descuento del valor a cancelar por concepto de trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar.A un 10 % de descuento del valor a cancelar por duplicados de la cédula de ciudadanía del segundo duplicado en adelante.💰📈💱 ¿Ya se enteró de las últimas noticias económicas? Lo invitamos a verlas en El Espectador.Conoce másTemas recomendados:
¿Votó el 31 de mayo? Así puede reclamar el medio día de descanso remunerado
Los ciudadanos que acuden a las urnas pueden acceder a varios beneficios legales.
El artículo 3 de la Ley 403 de 1997 otorga a los colombianos que votaron el 31 de mayo media jornada de descanso compensatorio remunerado, canjeable antes del 30 de junio de 2026 con acuerdo del empleador. El certificado electoral habilita además descuentos del 10% en matrícula universitaria, pasaporte y cédula, y preferencia en concursos públicos de ingreso o empleo de carrera estatal.












