El juicio al futbolista Rafa Mir (Cartagna, 1997) quedó este jueves visto para sentencia tras una maratoniana vista oral seguida muy de cerca por la prensa deportiva, no siempre conocedora de los complejos vericuetos del derecho procesal penal, y con dos versiones opuestas por parte de las acusaciones y de la defensa centradas en la noción de consentimiento. A pesar de que, poco antes del juicio, ambas partes parlamentaron sobre un eventual pacto de conformidad, las defensas entraron finalmente a la sala dispuestas a cuestionar la solidez del relato de las dos denunciantes. La causa, irremediablemente, remite por ciertos paralelismos al juicio al futbolista Dani Alves, condenado en primera instancia por la Audiencia de Barcelona a cuatro años y medio de prisión por agresión sexual y absuelto luego por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en una sentencia pendiente de recurso ante el Tribunal Supremo.
La Fiscalía pide para Mir una pena de 10 años y medio de prisión y para Pablo Jara, también futbolista, tres años de cárcel, por un presunto delito de agresión sexual (en el caso del segundo, la acusación pública agrega el de lesiones leves). Los hechos sucedieron la madrugada del 1 de septiembre de 2024 en un reservado de la discoteca Mya y en el chalet del entonces delantero del Valencia CF en una exclusiva urbanización de Bétera, donde residen gran parte de los jugadores del club. Mir tuvo un escarceo amoroso consentido con una mujer de 21 años a la que conoció aquella misma noche en la discoteca situada en L'Umbracle de la Ciudad de las Artes y las Ciencias y, cuando poco antes de las 7.00 de la mañana cerró el club nocturno —uno de los epicentros del ocio pijo en la ciudad—, les propuso a ella y a una amiga de la joven irse junto con otros amigos suyos a su piscina en la urbanización Torre en Conill.











