Pronto se conocerá el contenido íntegro de la sentencia y los argumentos jurídicos del Tribunal Supremo que han reabierto uno de los debates más delicados alrededor de la eutanasia en España. El pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acordó este martes, por unanimidad, avalar que terceras personas con una "vinculación especialmente estrecha" puedan recurrir judicialmente para intentar frenar una eutanasia ya autorizada, incluso después de haber superado todos los controles previstos por la ley. PublicidadEs el caso de Francesc Augé, cuya eutanasia quedó paralizada después de que su padre, de 95 años y con quien —según él— mantiene una relación distante, decidiera recurrir judicialmente la autorización de la prestación de ayuda para morir. Una situación que recuerda a la de Noelia Castillo. La joven, que había explicado públicamente que su padre la abandonó cuando era pequeña y que apenas mantenían contacto, vio también bloqueado durante casi dos años su procedimiento de eutanasia a raíz de los recursos presentados por él para intentar frenar su decisión. La decisión del Supremo llega tras una votación interna en la que 23 magistrados respaldaron la posibilidad de admitir estos recursos frente a nueve votos discrepantes. El fallo afecta a procedimientos que ya cuentan con el visto bueno de los distintos filtros establecidos en la norma: el médico responsable del paciente, dos facultativos independientes y la Comisión de Garantía y Evaluación correspondiente. La resolución del alto tribunal vuelve a situar en el centro del debate una cuestión que llevaba tiempo sobrevolando la aplicación de la ley de eutanasia: si el marco legal español estaba realmente preparado para afrontar conflictos entre la voluntad del paciente y la oposición de familiares o terceros cercanos, o si, por el contrario, este caso ha dejado al descubierto una grieta jurídica.La profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid, María Eugenia Rodríguez Palop, considera que escuchar a familiares en procedimientos de eutanasia no es en sí mismo algo irrazonable "siempre que puedan acreditar un vínculo real con la persona solicitante". Bajo su mirada, podría tener sentido admitir la participación de familiares con relación de consanguinidad en primer o segundo grado, pero advierte que esa intervención "nunca debería convertirse en un elemento determinante dentro del procedimiento". "La posición del familiar tiene que ocupar un lugar totalmente colateral", incide en conversación con Público. De lo contrario, alerta, "existiría el riesgo de vaciar de contenido el principio de autonomía personal sobre el que se sustenta la propia ley de eutanasia".María Eugenia Rodríguez, experta en Filosofía del Derecho: "La posición del familiar tiene que ocupar un lugar totalmente colateral"Rodríguez sostiene además que no basta únicamente con acreditar un parentesco biológico. En su opinión, debería exigirse también la existencia de convivencia, relación afectiva o vínculos de cuidado efectivos con la persona que solicita la prestación de ayuda para morir. Como ejemplo, menciona el caso de Noelia Castillo, cuya eutanasia quedó bloqueada durante meses tras los recursos impulsados por su padre. "El progenitor la había abandonado desde pequeña y no mantenía relación con ella. Lo único que hizo valer fue la paternidad biológica", recuerda. La experta insiste en que ningún testimonio externo debería tener carácter vinculante ni capacidad decisoria sobre una solicitud de eutanasia ya validada por todos los controles médicos y administrativos previstos por la ley. "A quien no cumple unos mínimos de vinculación y cuidado ni siquiera se le debería de dar la palabra", sentencia.PublicidadPor su parte, el jurista y voluntario de la Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente (DMD), Ramón Riu sostiene en conversación con Público que el criterio fijado por el alto tribunal sitúa la aplicación de la norma en un escenario que puede debilitar la autonomía de la persona en la decisión sobre el final de su vida. Según explica, solo en aquellos casos en los que alguno de estos allegados presente recurso podrá activarse el control judicial de la resolución administrativa que aprueba la eutanasia. En la práctica, señala, durante los cinco años de vigencia de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) se han practicado alrededor de 1.500 procedimientos con normalidad y únicamente dos han acabado judicializados.Ramón Riu, jurista: "La decisión del Supremo abre una grieta: limitada en términos cuantitativos, pero con un impacto cualitativo relevante"Riu defiende que "el sistema actual ya incorpora suficientes garantías", con una doble evaluación médica independiente, el filtro de la comisión autonómica y un control administrativo posterior, por lo que no sería necesario, a su juicio, reforzar aún más los mecanismos de supervisión. No obstante, reconoce que la decisión del Supremo abre "una pequeña grieta": limitada en términos cuantitativos, pero con un impacto cualitativo relevante. En su opinión, la posibilidad de recurrir puede prolongar situaciones de sufrimiento, al bloquear durante meses o incluso años la aplicación de una eutanasia ya autorizada, como en los casos de Francesc Augé o Noelia Castillo.Como posible salida, el jurista plantea una reforma procesal específica para estos procedimientos, que establezca un cauce judicial propio dentro de la jurisdicción contencioso-administrativa. Este procedimiento especial, puntualiza, se resolvería en única instancia ante los tribunales superiores de justicia autonómicos, con plazos muy reducidos —en torno a 20 días— y sin posibilidad de recursos ordinarios posteriores, salvo el eventual amparo ante el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.PublicidadLoren Arseguet, DMD: "La legislación permite que el solicitante no informe a sus familiares de su petición, lo que cuestiona que estos puedan estar legitimados para intervenir"En términos similares se pronuncia la presidenta de DMD. Loren Arseguet rechaza cualquier intervención de terceros en estos procesos. Considera que se trata de una "injerencia inaceptable" en una decisión estrictamente personal, vinculada a la biografía y los valores del paciente. Desliza en conversación con este diario que la propia ley ya delimita el ámbito de los recursos previstos en la jurisdicción contencioso-administrativa a las prestaciones denegadas, y subraya que el espíritu de la norma es garantizar la autonomía individual y evitar presiones externas. En ese sentido, añade también que la legislación permite expresamente que el solicitante decida no comunicar su petición a familiares, lo que cuestiona —a su parecer— que estos puedan ser considerados automáticamente como terceros legitimados para intervenir en el proceso.El calvario judicial de Francesc AugéEl caso que ha llevado al Supremo a fijar doctrina sobre la eutanasia tiene nombre y rostro. Se trata de Francesc Augé, vecino de Vallirana (Barcelona), de 56 años, que lleva cerca de 650 días esperando que se cumpla su voluntad de acceder a una muerte asistida, pese a que la ley contempla un procedimiento de alrededor de 35 días. Cuatro ictus y dos infartos le dejaron secuelas severas en el movimiento y el habla. Tras evaluar su situación, la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya autorizó la eutanasia al considerar acreditado el sufrimiento "grave e irreversible" derivado de su estado de salud. Los médicos dieron luz verde al procedimiento y la fecha prevista para la prestación era el 6 de agosto de 2024.Sin embargo, apenas unas semanas antes, su padre, de 95 años, presentó un recurso judicial que logró paralizar el proceso. En ese primer escrito, el progenitor alegaba que estaba en juego el derecho a la vida y el deber del Estado de protegerlo, además de sostener que su hijo se encontraba en una situación de vulnerabilidad psicológica por posibles problemas de salud mental. Un juzgado de Barcelona rechazó inicialmente ese recurso y subrayó en su auto que Augé era una persona "capaz de ejercer libremente todos sus derechos" y que no existía "ningún diagnóstico" de enfermedad mental. El tribunal también destacó que vivía solo, mantenía una relación distante con su padre y había pedido expresamente que su solicitud de eutanasia no fuera comunicada a familiares.Francesc Augé, solicitante de eutanasia: "Si me obligan a vivir más tiempo, me iré por mis propios medios. Me moriré por suicidio"El litigio terminó escalando hasta el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que reconoció el interés legítimo del padre para recurrir la autorización de la muerte asistida "aun cuando no resulten titulares de ese derecho a la vida ajena". Esa interpretación, ahora ratificada por el Supremo, fue recurrida por la Generalitat ante el alto tribunal, que decidió abordar el asunto en pleno para fijar un criterio jurídico definitivo. Mientras Augé continúa atrapado en una batalla judicial. En declaraciones a la Cadena SER, expresó con crudeza el desgaste de estos dos años de espera: "Quiero la eutanasia porque he luchado por ella, pero si me obligan a vivir más tiempo, me iré por mis propios medios. Me moriré por suicidio, aunque no quiero porque tendré que irme sin despedirme". También advirtió sobre el alcance del precedente judicial: "No quiero que haya más casos como el mío en el futuro".El fallo sobre la eutanasia deja fuera a los grupos ultrasLa decisión del Supremo supone, de facto, un revés al espíritu con el que fue aprobada la ley de eutanasia el 18 de marzo de 2021 en el Congreso de los Diputados. La norma establece expresamente que la solicitud de muerte asistida debe responder a "una decisión individual, madura y genuina, sin intromisiones, injerencias o influencias indebidas", tal y como recoge el artículo número cuatro en su tercer apartado. El hecho de que se admita la presentación de un recurso no implica automáticamente que la eutanasia vaya a ser denegadaAun así, la fórmula avalada por el Supremo parece marcar límites claros respecto a quién puede intervenir judicialmente. La resolución apunta a que solo podrán hacerlo personas con una "vinculación particularmente estrecha" con el paciente, lo que, en principio, dejaría fuera a asociaciones u organizaciones ajenas al entorno personal del solicitante, como grupos provida o entidades ultracatólicas como Abogados Cristianos que han intentado combatir la aplicación de la ley en los tribunales.El Ministerio Público sostiene que únicamente podría reconocerse legitimación a familiares o personas cercanas cuando exista un "intenso vínculo afectivo presente" con el paciente, y no únicamente una relación biológica o de parentesco formal. En cualquier caso, el hecho de que se admita la presentación de un recurso no implica automáticamente que la eutanasia vaya a ser denegada. PublicidadNoelia puso a prueba los límites de la ley de eutanasiaEl caso de Augé no es el único que ha puesto a prueba los límites de la ley de eutanasia y el alcance de las impugnaciones judiciales. Su situación recuerda inevitablemente a la de Noelia Castillo, la joven con paraplejia a la que finalmente se le practicó la eutanasia el pasado 26 de marzo, después de un largo recorrido judicial que se prolongó durante más de un año y medio. En su caso, la ofensiva legal fue impulsada por su padre, representado por los servicios jurídicos de la organización ultracatólica Abogados Cristianos, que presentó sucesivos recursos para intentar frenar la prestación de ayuda para morir.Noelia Castillo: "La felicidad de un padre o una madre no tiene que estar por encima de la vida de una hija"Pese a la presión judicial y familiar, Castillo defendió públicamente que su decisión era firme. "Lo tenía muy claro desde el principio", aseguró, insistiendo en que nunca dudó de su voluntad de poner fin al sufrimiento derivado de su situación física. Aunque parte de su entorno familiar mantuvo su oposición, su madre terminó respaldando su decisión. "Quiero irme en paz y dejar de sufrir. La felicidad de un padre o una madre no tiene que estar por encima de la felicidad y la vida de una hija", declaró en el programa Y ahora Sonsoles.El caso dio un nuevo giro cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó la medida cautelar solicitada por Abogados Cristianos apenas unas semanas antes de que se ejecutara la eutanasia. La resolución de Estrasburgo supuso un nuevo aval al derecho de la joven, después de que todas las instancias judiciales españolas que habían analizado el caso respaldaran también el procedimiento.PublicidadPor su parte, la organización ultracatólica Abogados Cristianos celebró públicamente la decisión del Supremo a través de sus redes sociales. La asociación defendió que quienes verdaderamente "nos quieren y se preocupan por nosotros son nuestros seres queridos, no una administración pública ni la Generalitat de Catalunya", en referencia al papel de los familiares en los procedimientos de eutanasia. Abogados Cristianos celebra la decisión del Supremo: "Nuestros seres queridos se preocupan por nosotros, no una administración pública"Sin embargo, tanto en el caso de Augé como en el de Castillo, las personas solicitantes y distintos testimonios de su entorno habían señalado que los familiares que impulsaron los recursos judiciales compartían una relación prácticamente inexistente o muy deteriorada con ellos. La entidad considera que el fallo del Supremo no va lo suficientemente lejos. Mantienen abiertamente su objetivo de derogar la ley de eutanasia, llegando a afirmar que "ejecuta" a personas mediante la prestación de ayuda para morir.
El Supremo abre la grieta en la ley de eutanasia: ¿un padre que no llama nunca a su hija tiene derecho a frenar su muerte digna?
El Tribunal Supremo reconoció el martes que una persona puede recurrir ante la Justicia la concesión de la eutanasia a un tercero si mantiene una "vinculación especialmente estrecha" con quien la s...









