El Tribunal Supremo ha avalado que un familiar con una “vinculación particularmente estrecha” con un solicitante de eutanasia pueda recurrir judicialmente una muerte digna ya avalada por los médicos. El Alto Tribunal consagra así la brecha que hallaron asociaciones ultras como Abogados Cristianos para impugnar eutanasias de familiares.
Los 34 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo se han reunido pleno para fijar jurisprudencia sobre un asunto controvertido: si un familiar ajeno a las administraciones puede impugnar una eutanasia ya avalada por los informes médicos y juristas de la Comisión de Garantías. La decisión se ha tomado por 23 votos a 9, en una muestra de división en el seno del Alto Tribunal. La sentencia del caso se conocerá en los próximos días, según informa en una nota el Alto Tribunal.
Los jueces han examinado caso de un hombre de 55 años, Francesc A., que ha discurrido en paralelo al de Noelia, la joven parapléjica, cuyo padre frenó durante casi dos años en los tribunales su derecho a la muerte asistida.
Todos los tribunales que han examinado ambos casos no han dudado del derecho de los solicitantes a poder materializar su eutanasia.
La discusión jurídica no era el derecho a morir, sino la legitimación para recurrir de los familiares. Es decir, si el mero parentesco basta para impugnar o si es necesario algo más, como que el familiar demuestre un vínculo real con el solicitante o aporte informes médicos para contradecir el aval a la muerte digna.







