La aprobación del Decreto 29-2024, Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, contempló algunos mecanismos legales para que las principales carreteras del país puedan ser intervenidas de manera más ágil ante una emergencia o durante la temporada lluviosa. Se trata del artículo 95, que permite obviar algunos procesos administrativos comunes y trabajar de inmediato en los tramos que lo requieran.
De acuerdo con Delfino Mendoza, integrante de la mesa de infraestructura de Guatemala No Se Detiene, pese a que aún no entra en funciones la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP), cuya ley lo contempla, el artículo otorga mecanismos que permitirían al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) hacer contrataciones de manera más rápida.
“Se diseñó esta metodología para poder hacer algunas contrataciones de manera ágil mientras asume las funciones completas la DIPP, una vez esté organizada al 100%. Ese es el objetivo del artículo 95”, explicó.
En ese contexto, Mendoza señaló que una licitación en promedio puede demorar entre cuatro y seis meses para oficializar un contrato e iniciar los trabajos. Detalló que el procedimiento establecido en la ley implica que, una vez aprobado el proyecto, el CIV debe priorizarlo, elaborar un perfil que justifique la necesidad y la emergencia, y solicitar un dictamen de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).







