El tribunal de garantías considera que no le corresponde al ejecutivo autonómico decidir si una ley emanada del Parlamento es verdaderamente representativa

El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales diversos artículos de un decreto que el Gobierno de Baleares aprobó, según alegó, para corregir un “error humano, público y notorio” durante la votación parlamentaria de una ley previa. El tribunal de garantías considera que ese argumento no puede justificar la adopción de un decreto-ley, que la Constitución reserva solo para casos de “extraordinaria y urgente necesidad”. El Gobierno autonómico no tiene potestad para decidir “unilateralmente” si una Ley “emanada del Parlamento es verdaderamente representativa de la voluntad de la Cámara”, afirma la sentencia, dictada con un solo voto discrepante en contra.

El recurso, presentado por los grupos parlamentarios Socialista, Sumar y Mixto del Congreso de los Diputados, afectaba a otros preceptos de fondo que, fueron derogados y sustituidos por otros en la posterior Ley 4/2025 sobre la obtención de suelo para “proyectos residenciales estratégicos” en Baleares. Dado que esos preceptos de fondo están también recurridos con la nueva ley, la sentencia de hoy, de la que ha sido ponente la magistrada Laura Díez, se limita a dilucidar si los motivos con los que se justificó en su día el decreto-ley encajan en los límites formales y materiales que marca la Constitución.