En su tercera sentencia sobre la materia, el tribunal de garantías considera que la norma no invade competencias autonómicas. Cuatro magistrados emiten un voto particular contra la decisión
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno de Baleares contra la ley estatal de vivienda aprobada en 2023. En particular, en su tercera sentencia sobre esa norma, el tribunal avala los preceptos que permiten establecer la construcción de vivienda pública como un uso compatible del suelo dotacional y obtener suelo para destinarlo a vivienda social o dotacional. También da por bueno el artículo que obliga a las comunidades autónomas a suministrar al Estado información relativa a los programas de acceso a la vivienda, por considerar que contribuye a la obligación que el Estado tiene de publicar anualmente datos sobre la materia. Cuatro magistrados han emitido un voto particular contra la decisión de la mayoría.
La sentencia argumenta que en lo relativo a la vivienda pública y el suelo, la constitucionalidad de la norma se ampara en que el Estado tiene la competencia sobre “las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica”. El tribunal entiende que si se activan los criterios o directrices para ordenar el sector de la construcción que la ley articula con el objetivo de aumentar la oferta de vivienda pública, la norma tendría una repercusión significativa sobre la actividad económica general, cuya planificación la Constitución atribuye a la competencia exclusiva del Estado (artículo 149.1.13).






