El TSJC levanta las medidas cautelares de los artículos del decreto de régimen lingüístico que no fueron anulados en una sentencia en septiembre
El requisito para los nuevos profesores de acreditar un nivel C2 de catalán -nivel superior- vuelve a estar vigente, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) haya levantado las medidas cautelares sobre la parte del Decreto 91/2024 de régimen lingüístico que no fue anulada en septiembre por el mismo tribunal. Plataforma per la Llengua había solicitado levantar la suspensión sobre los artículos no afectados por la sentencia, entre los cuales están la exigencia del C2 de catalán (o aranés en la Vall d’Aran) o el proceso de elaboración y validación de los proyectos lingüísticos de los centros. El Departamento de Educación asegura que empezará a estudiar ahora “el impacto de la medida”.
El Decreto 91/2024 de régimen lingüístico del sistema educativo no universitario, aprobado en mayo de 2024, fue suspendido de forma cautelar en julio, a raíz de un recurso de la Asociación de la Escuela Bilingüe (AEB), así que nunca llegó a aplicarse. El pasado mes de septiembre, el TSJC se pronunció sobre el texto de la normativa, anulando 11 de sus artículos, entre ellos, los que fijaban tanto el catalán como el aranés (en el Valle de Aran) como lenguas vehiculares en el aprendizaje y en la gestión de los centros.






