Los jueces empiezan a condonar impagos con el fisco y la Seguridad Social, aunque son pleitos bastante complejos
La Ley de Segunda Oportunidad se ha convertido en un botón de emergencia muy socorrido para aquellos que viven situaciones económicas límite. En 2024, en torno a 50.000 ciudadanos y autónomos acorralados por los números rojos activaron este mecanismo salvavidas. La ley, aprobada en 2015, ha demostrado ser un instrumento eficaz para hacer borrón y cuenta nueva a los deudores —ojo, a los de buena fe y que no tengan antecedentes penales ni sanciones administrativas graves—, si así conservan su casa o ingresos mínimos para vivir. En el último año, la novedad es que algunos jueces han reforzado este sistema al incluir las deudas contraídas con Hacienda y la Seguridad Social, impagos que la ley blinda.
El meollo radica en que, según la Ley Concursal, solo son exonerables los primeros 10.000 euros de deuda con Hacienda y los primeros 10.000 euros con la Seguridad Social; y la cantidad restante debe ser abonada. Con este techo, la norma busca no generar un agujero en las arcas públicas. Pero, en la práctica, este límite impide a los contribuyentes rehacer su vida. En noviembre de 2024, el polémico tope le valió a España una llamada de atención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que rechazó que las deudas públicas gozasen de este privilegio sin una justificación suficiente.






