El alto tribunal considera que Gonzalo Stampa tenía que haber cesado, como ordenó el TSJM, y no dictar el laudo que obliga al país asiático pagar una indemnización de 13.000 millones de euros
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis meses de prisión por desobediencia impuesta al árbitro que estimó la demanda millonaria que nueve ciudadanos filipinos descendientes del sultán de Joló presentaron contra el Estado de Malasia por el incumplimiento de un contrato del siglo XIX. El alto tribunal considera que el abogado Gonzalo Stampa debió cesar como árbitro, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anulara su nombramiento para dirimir este asunto, y no llevar el asunto a París (Francia), donde dictó uno de los laudos más caros de la historia del arbitraje y que obliga al país asiático a indemnizar a los demandantes con 15.000 millones de dólares (unos 13.000 millones de euros, al cambio actual).
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del letrado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, del 15 de abril de 2024, que confirmó la condena a seis meses de prisión y un año de inhabilitación por desobediencia que tres meses antes impuso el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid. La sentencia de la máxima instancia judicial española, dictada el pasado 8 de octubre y de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Llarena, subraya que Stampa era “conocedor de que el procedimiento para su nombramiento había sido anulado por la misma autoridad judicial que inicialmente le había asignado la función y, pese a ello, decidió culminar un proceso de arbitraje para el que había quedado desautorizado y cuyo desarrollo le había sido específicamente prohibido, pretendiendo con ello que la supervisión judicial quedara pospuesta y sometida al eventual ejercicio de una acción de anulación contra su decisión final”.






