El Tribunal Constitucional se dispone a admitir a trámite el recurso del líder de Junts, Carles Puigdemont, contra la decisión de no aplicar la ley de amnistía al delito de malversación. La decisión se tomará en el pleno que se inicia este martes, el primero tras el paréntesis de agosto. Paralelamente, el tribunal denegará la medida cautelarísima solicitada para que se levante la orden de detención dictada por el Tribunal Supremo contra Puigdemont si se detecta su presencia en territorio español.
El recurso, presentado en julio pasado, consideraba urgente que se anulase ese mandato a los cuerpos policiales tras la sentencia por la que el órgano de garantías avaló la constitucionalidad de la ley de amnistía. La defensa pidió esta medida como cautelarísima para que el tribunal pudiera actuar “inaudita parte”, es decir, sin pedir alegaciones al resto de partes del proceso, pero esta solicitud será denegada.
El recurso de Puigdemont planteó que, en el caso de rechazarse esa opción, se estudiara dejar sin efecto la orden de detención solo como medida cautelar, que se diferencia de la anterior en que antes de tomar decisión alguna hay que pedir alegaciones a las partes, en este caso la Fiscalía, la Abogacía del Estado y Vox, que intervino en la causa penal contra los líderes del procés en el Tribunal Supremo. Lo previsible es que el Constitucional admita esta segunda petición e inicie los trámites de consulta a las partes para resolver en un pleno posterior si hay razones para que Puigdemont pueda regresar a España sin riesgo de ser arrestado antes de que se resuelva el fondo de su petición de amparo.






