Las deportaciones masivas de inmigrantes llegados a Europa hacia sus países de origen o a campos transitorios de concentración en el exterior han sufrido este verano un varapalo judicial seguramente definitivo.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE, asuntos C-758/24 y C-759/24) desmantela las expulsiones a Albania decididas por el Gobierno italiano de Giorgia Meloni, ignominiosamente respaldadas por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen.

Y va más allá del resumen que se conoció inicialmente (EL PAIS, 2 de agosto). Pone en vía de completo fracaso el propósito de reforma involutiva de Bruselas para dar un sesgo reaccionario a las directivas rebajando la protección a los refugiados; al concepto de “tercer país seguro” y a la acogida de otras “ideas innovadoras” como los “hubs” carcelarios en otros países necesitados, que Von der Leyen anunció el 17 de octubre de 2024.

Las deportaciones masivas habitualmente extreman la rapidez del procedimiento en detrimento de los derechos de los afectados; aprovechan intersticios normativos para recortar las defensas de los refugiados; y debilitan el control de los jueces sobre los abusos gubernativos.

La resolución del TJUE a favor del Tribunal de Roma y contra el Gobierno italiano pone pie en pared contra esa degradación. Amplifica su anterior jurisprudencia proteccionista de los débiles. Exige que para considerar a un país como “seguro” (o sea, aquél en el que no se practican torturas o penas y tratos inhumanos) para poder devolver inmigrantes, no solo debe serlo en toda su geografía (sin admitir la excepción de una porción territorial). Debe serlo también para todas las “categorías de personas”, frente a la vista gorda de la legislación transalpina.