El mes de julio entró en una parte de los juzgados españoles como un terremoto. La implantación de la ley orgánica de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha comenzado con la oposición de los sindicatos, que denuncian “problemas de coordinación y falta de información”. Esta reforma organizativa sustituirá los 3.800 juzgados unipersonales (compuestos por un solo juez) por unos nuevos 431 tribunales de instancia de carácter colegiado. Es decir, uno de estos nuevos tribunales por cada partido judicial, y que estará integrado como mínimo por una Sección Civil y otra de Instrucción (que puede ser única). Estos nuevos tribunales se subdividirán en tres secciones: un servicio común general, uno de tramitación y otro de ejecución.
Tanto para el Ministerio de Justicia, impulsor de la ley, como para la docena de gobiernos autonómicos que tienen transferidas las competencias en esta materia y los sindicatos esta renovación es “la más importante en las últimas décadas”. Pero en lo que no coinciden es en cómo ha sido la aplicación de la primera de las tres fases que contempla la norma. Mientras que para el ministro Félix Bolaños ha sido un “éxito”, los sindicatos definen su entrada como “caótica”, con incidentes en los sistemas informáticos y con lagunas de información.






