El sistema fiscal español contempla varias deducciones y rebajas en el impuesto sobre la renta para quienes conviven con personas dependientes, siempre que no superen un determinado umbral de ingresos. El objetivo es evidente: aliviar la carga tributaria de los que asumen la responsabilidad de cuidar a descendientes o ascendientes que, por su situación económica o discapacidad, dependen del contribuyente. Sin embargo, lo que en la teoría se presenta como una herramienta de apoyo familiar, en la práctica ha dejado de tener efecto para la mayoría de beneficiarios. La razón es que el umbral de renta que da acceso a esta deducción permanece congelado desde hace casi dos décadas, mientras que las pensiones han experimentado una fuerte subida como consecuencia del ajuste a la inflación.
El límite para poder aplicar el mínimo por ascendientes, descendientes y discapacitados en el IRPF se sitúa actualmente en los 8.000 euros anuales netos de la persona que genera el derecho, una vez descontados los 2.000 euros de deducción general para todos los contribuyentes. Esta cifra no ha sido revisada desde hace más de 10 años. Desde entonces, tanto el coste de la vida como las prestaciones sociales han cambiado sustancialmente. En particular, las pensiones mínimas contributivas y asistenciales han ido escalando, primero de forma moderada y, más recientemente, impulsadas por la necesidad de mitigar el efecto de la inflación sobre los jubilados con menos recursos. Solo en los dos últimos años han crecido más de un 15% y los límites del IRPF no se han actualizado. Así, en la mayoría de los casos, las pensiones mínimas actuales y alguna de las no contributivas ya superan con creces esos 8.000 euros netos al año, dejando fuera del beneficio fiscal a contribuyentes que, pese a convivir y sostener económicamente a sus padres, hermanos o hijos dependientes, ya no pueden acreditarlo a efectos fiscales.








