El procesamiento del Álvaro García Ortiz abre una etapa inédita en democracia. Nunca un Fiscal General del Estado había estado al borde del banquillo, y pese a que el Estatuto Fiscal prevé la suspensión de empleo y sueldo para los fiscales en esta situación, mientras sea fiscal general García Ortiz está fuera de la carrera y no se le aplica el Estatuto. Numerosos juristas cuestionan gravemente la instrucción del magistrado del Tribunal Supremo Ángel Hurtado por anómala, pero incluso dentro de este sector hay voces que defienden que la imagen de un fiscal general en el banquillo supondría un inadmisible deterioro para la institución. El caso ha abierto múltiples interrogantes y debates: ¿Tiene base la causa judicial? ¿Debería dimitir el fiscal general? Siete juristas analizan el caso:
A mi juicio, la instrucción que se ha seguido está fuera de toda normalidad. No cabe alcanzar otra conclusión distinta de que el resultado de la misma estaba decidida de antemano por el instructor, a la vista de cómo ha ido tratando los elementos fácticos indiciarios que han ido apareciendo en la investigación.
Que llegue a la conclusión de que hay indicios racionales de que fueron el Fiscal General del Estado y la Fiscal provincial de Madrid quienes filtraron el correo del abogado de González Amador a la prensa no tiene explicación racional: en primer lugar, los hechos indiciariamente averiguados deben ser delictivos. ¿Cómo es posible que sea un dato reservado, un secreto, algo ya de conocimiento público en el momento en el que supuestamente se filtró por el FGE? En segundo lugar, debe haber indicios de que fue precisamente el FGE quien filtró: ahí, el auto no explica -más allá de decir que se trata de una declaración “subjetiva”- cómo puede descartar de plano la afirmación de varios periodistas que declararon que alguien les facilitó el correo antes de que lo tuviera el FGE. En segundo lugar, el instructor parece tomar como indicios de que fue el FGE el filtrador el hecho de que no quisiera responder a determinadas acusaciones -como si no estuviera en su perfecto derecho hacerlo-, y que borrara el contenido de sus dispositivos personales -como si no tuviera derecho al secreto de sus comunicaciones, como cualquier ciudadano, y siendo además el FGE en el ámbito reservado de la institución-. Finalmente, descarta que fuera cualquiera de las múltiples personas que tuvieron acceso al correo electrónico cuando se le facilitó al FGE y antes de ese momento la que filtrara el mismo. Y ya como guinda de todo su sesgo, afirma que fue el gobierno quien llevó a cabo un uso político del correo – así, porque sí.






