La medida había declarado como hábiles varios sábados, domingos y días festivos, entre el 11 de julio y el 2 de agosto.

Según el despacho ponente, el Gobierno invadió una competencia exclusiva del legislador.

El alto tribunal concluyó, de manera preliminar, que el acto vulneraría normas laborales y modificaría, sin soporte legal, los procesos contractuales.