Explicativo Exclusivo suscriptores Abogado experto en movilidad a España explica los errores más comunes al tramitar la visa o estancia de estudios y qué revisar antes de viajar.Cada proceso puede tardar meses y requerir de una dedicación meticulosa para reunir los documentos necesarios. Foto: Collage de elaboración propia26.08.2026 22:01 Actualizado: 26.08.2026 22:01
España se ha consolidado en los últimos años como uno de los destinos favoritos de los colombianos que buscan cursar un posgrado, desarrollar su carrera profesional o construir un proyecto de vida en Europa. Sin embargo, las dificultades pueden surgir desde el momento en que comienzan a tramitar su visa, al elegir una vía migratoria que no corresponde a sus objetivos reales o al confiar en información incompleta que circula en redes sociales y grupos de internet.EL TIEMPO se dio a la tarea de consultar expertos en el tema y los canales oficiales para que, si está en sus planes migrar al país ibérico, lo haga sin temor a ser estafado o incurriendo en errores comunes. "Uno de los errores más comunes es aplicar a perfiles migratorios que no se adecúan mucho a su perfil", advierte Víctor Arrieta Guerra, abogado especializado en extranjería, nacionalidad española y movilidad internacional vinculado a la firma Díaz & Asociados. Desde su experiencia, numerosos profesionales optan por una estancia por estudios sin saber que existen otras alternativas que podrían ajustarse mejor a sus planes de permanencia en España, especialmente cuando el objetivo final es acceder a una residencia de largo plazo o la nacionalidad española.Plaza Mayor, en Madrid, España Foto:Adriana GarzónLos cambios en la normativa de migración españolaA esto se suma un cambio en la normativa que cambió a mediados de 2025. La entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería modificó algunos procedimientos y endureció ciertos requisitos, por lo que existe el riesgo de cometer errores que pueden derivar en retrasos, denegaciones o gastos innecesarios. Por eso, antes de comprar el tiquete, seguro médico o iniciar cualquier trámite, conviene conocer qué documentos deben prepararse con anticipación, cuáles son los errores frecuentes y qué pasos no pueden pasarse por alto durante los primeros días de estancia en España.¿Cuál es el error más frecuente que cometen los colombianos al planear su movilidad a España?Según Arrieta, muchos profesionales asumen que un visado o estancia de estudios es la mejor puerta de entrada para radicarse en España, sin saber que existe una alternativa más conveniente: tramitar una autorización de residencia y trabajo por tres años, que sí da acceso a la ciudadanía española. Según explica el experto, el visado de estudios solo permite trabajar hasta 30 horas semanales y obliga a contratar un seguro médico privado, que puede variar en precio según el tiempo de permanencia. Por otro lado, una autorización de residencia y trabajo permite acumular el tiempo de dos años que se les exigen a los latinoamericanos para tramitar la ciudadanía, en lugar de los diez años exigidos para otros países. LEA TAMBIÉN La preparación empieza meses antes: tenga esto en cuenta Independientemente del motivo del viaje y si planea hacerse solo, en compañía, con medios económicos propios o con el sustento familiar, cada proceso puede tardar meses y requerir de una dedicación meticulosa para reunir los documentos necesarios. El experto de Díaz & Asociados afirma que lo ideal es iniciar la preparación entre 3 y 4 meses antes de la fecha en que se planea presentar la solicitud. De esta manera, agrega, se puede reunir y subsanar la documentación faltante, tramitar las actas notariales de patrocinio – en el caso de los estudiantes que viajan financiados por algún familiar– y consolidar los movimientos bancarios que reflejen consistencia financiera. Los consulados suelen revisar que los extractos reflejen un flujo natural de ingresos, en vez de una transferencia a última hora por cifras exageradas.Además de eso, hay documentos que, según cada caso, requerirán ser apostillados ante la Cancillería de Colombia, como los antecedentes penales, el registro civil, las actas de patrocinio y el título profesional. Estos documentos deben tener una vigencia máxima de tres meses al momento de presentar la solicitud. Muchas personas cometen el error de decir: 'Ya estoy en España, me quiero quedar y voy a presentar mi estancia por estudios en mi segundo o tercer mes como turista'.La regla que puede causar una denegaciónLos primeros 30 días en España pueden marcar la diferencia entre la aprobación o denegación de una estancia de estudios. A partir de los cambios recientes en el Reglamento de Extranjería se endureció el criterio de cuándo se puede presentar una solicitud si la persona ya está en el país como turista. Según la normativa actual, se debe hacer durante el primer mes de estancia legal y al menos dos meses antes de que inicien las clases. Asimismo, la carta de admisión no asegura que la estancia vaya a ser aprobada pues, según Arrieta, el centro educativo debe estar colegiado y reconocido bajo la normativa de extranjería."Muchas personas cometen el error de decir: 'Ya estoy en España, me quiero quedar y voy a presentar mi estancia por estudios en mi segundo o tercer mes como turista'. Eso hoy es una denegación inmediata. Antes se podía hacer; pero ya no", señala el abogado. Para estudios universitarios, la institución debe estar registrada en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), y debe ofrecer títulos oficiales o estar formalmente adscrita para ser válida ante extranjería. Para escuelas de idiomas o cursos no universitarios, se puede revisar el Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios. Tanto para un visado como para una estancia de estudios, la carta de admisión y el comprobante del pago de matrícula es uno de los primeros documentos a reunir.Gran Vía, en Madrid, España Foto:Archivo particularEl seguro médicoEl seguro médico privado es uno de los requisitos que puede definir si una visa o estancia es aprobada. Según el Real Decreto 1155 de 2024, el solicitante debe “contar con un seguro de enfermedad, concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, con prestaciones similares a las concedidas por la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, válido para la duración de la estancia prevista.”En otras palabras, la póliza debe tener cobertura completa equivalente a la del Sistema Nacional de Salud, sin limitación, sin reembolsos, sin carencias o franquicias y sin copago, y debe incluir repatriación. Para validar cuáles cumplen este estándar, el consulado de España en Colombia pone a disposición el siguiente enlace: https://rrpp.dgsfp.mineco.es/. Otro punto que conviene advertir es que la póliza debe cubrir desde un mes antes de que empiecen las clases hasta un mes después de que terminen.El papa León XIV durante la ceremonia de bendición de la Sagrada Familia, en Barcelona. Foto:EFE¿Cómo demostrar los medios económicos?Este requisito no es más que reunir las pruebas de que puede mantenerse en España durante el tiempo de los estudios. Para ello, Arrieta fija una cifra concreta que debe demostrarse: el 100 % del IPREM, que en 2026 equivale a 600 euros mensuales, es decir 7.200 euros (unos 26'000.000 millones de pesos) para cubrir el primer año como estudiante. Aunque es dispendioso, ese dinero se puede demostrar de varias formas:Declaración de renta del último año fiscal, del solicitante, familiar o empresa patrocinadora (si aplica). Comprobantes de pago de nómina o pensión de los últimos seis (6) meses, junto con los respectivos certificados de ingresos y retenciones del último año fiscal. Seis (6) últimos extractos bancarios en los que se evidencien claramente los saldos disponibles. Estos deben reflejar recursos suficientes para complementar los gastos de estadía en España.Certificados de Depósito a Término (CDT), depósitos fiduciarios o ahorros a la vista vigentes. Cartas de crédito educativo o certificaciones de becas (si aplica). Créditos, comisiones de estudio o licencias remuneradas.Además de esto, si el sostenimiento está a cargo de un familiar: Debe acreditar el parentesco mediante registros civiles de nacimiento, debidamente apostillados, familiar en primer grado de consanguinidad Debe presentar un documento de compromiso de sostenimiento económico, suscrito ante notario público. Este documento debe estar apostillado. Para quienes viajan acompañados, el cálculo cambia dado que los familiares no deben acreditar el 100 % del IPREM, sino un porcentaje menor sobre esa misma base (el primer acompañante ronda el 75% y cada familiar adicional un 50%), y pueden demostrarlo con sus propios extractos o los del titular. Pero, ojo: los fondos deben estar disponibles antes de viajar, no se pueden justificar una vez la persona ya está en España, y conviene evitar retirar el dinero apenas se aprueba el visado, ya que puede generar inconvenientes en trámites posteriores.Ayuntamiento de Toledo, España Foto:Ayuntamiento de ToledoEl 'empadronamiento' y la TIE: ¿para qué sirve y qué recomiendan por experiencia?El empadronamiento, explica Arrieta, no es más que el registro que hace una persona ante el ayuntamiento para fijar su domicilio, un trámite que en España sirve para que cada localidad planifique sus servicios públicos según la población real de su zona. Se solicita con cita previa y permite acceder a beneficios como los descuentos en el transporte público, el acceso a los servicios públicos esenciales y puede ayudar a eventuales trámites legales y de extranjería.Lo que Arrieta no menciona, pero que se vuelve indispensable una vez aprobado el visado o la estancia, es la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Este es el documento físico que certifica la residencia legal en España para quienes tienen una autorización de estancia o residencia superior a seis meses y no debe confundirse con el NIE, que es solo un número de identificación fiscal asignado incluso sin residencia. Según estudiantes consultados por EL TIEMPO, es recomendable sacar la cita de este trámite incluso antes de llegar a España con el fin de agilizar el proceso.Si va a migrar a España con pareja o familiares, lo que debe saberAl aplicar a un visado por estudios con intención de viajar con un familiar acompañante, debe tenerse en cuenta que cada expediente se evalúa en tiempos distintos. Si bien pueden presentarse ambas solicitudes desde un principio, en todos los casos, se resuelve primero la autorización del estudiante y después la del acompañante. Por esta razón, es importante tener preparados con antelación los siguientes documentos para la solicitud del familiar acompañante:Debe presentar un documento, suscrito ante notario público y debidamente apostillado, en el que se comprometa a asumir la manutención del familiar. Debe aportar los certificados apostillados del Registro Civil que acrediten el parentesco de que se trate (certificados de matrimonio, de nacimiento o de pareja de hecho).Si aplica, debe elevar una escritura pública de la unión marital de hecho, con el fin de probar que se trata de una pareja estable.La autorización del titular define la situación del acompañante y determina qué puede y qué no puede hacer su familia en España. Con un visado de estudios, el cónyuge o pareja hereda las mismas restricciones: puede trabajar, pero con el límite de 30 horas semanales que aplica al titular, y su permanencia legal queda atada por completo a que ese visado siga vigente. LEA TAMBIÉN Tip extra: la licencia de conducciónColombia y España tienen un convenio de canje de licencias de conducción, lo que significa que no es necesario partir de cero. Durante los primeros tres meses de estadía, es posible conducir en territorio español con la licencia colombiana vigente, sin trámites adicionales. Una vez aprobada la residencia, ese mismo documento puede canjearse directamente por una licencia española, sin tener que inscribirse ni aprobar el curso de conducción desde cero, como sí deben hacerlo los ciudadanos de países sin convenio. Es un detalle minúsculo frente a todo lo que implica un proceso migratorio, pero resuelve una gestión que muchas personas ignoran al preparar el viaje, y puede ofrecer más alternativas de transporte durante la nueva etapa de vida en España.Juan Alejandro Motato Soto - Redacción Internacional@juanalejandromotato Sigue toda la información de Internacional en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.






