Los extranjeros deben demostrar que no tienen antecedentes penales y que llevan cinco meses en España al cursar la solicitud
Los migrantes que deseen acogerse a la regularización extraordinaria planteada por el Gobierno, que concederá permiso de residencia y trabajo, tendrán que ser mayores de edad y haber entrado en el país antes del 1 de enero de 2026 y acreditar que han permanecido cinco meses consecutivos en España al presentar la solicitud, cuyo plazo se extiende hasta el 31 de junio, de modo que si alguien llegó el 31 de diciembre del año pasado puede quedar incluido en el proceso.
Para demostrar la estancia por cinco meses en España bastará “cualquier prueba válida en derecho, siempre que incluya datos personales que permitan acreditar la identidad”. La residencia habitual se podrá certificar mediante cualquier prueba válida en derecho.
No pueden tener antecedentes penales y deberán solicitar ese documento en sus países de origen, para lo que tienen un plazo de un mes. Si no lo lograran, el Ministerio de la Presidencia lo solicitará por vía diplomática y el proceso quedará suspendido por tres meses a la espera de recibir los documentos. Para que Presidencia lo solicite, el extranjero deberá aportar el justificante de que solicitó sus antecedentes y una declaración responsable de que no los ha recibido en un mes, así como una autorización, conforme a un modelo específico, para que las autoridades españolas recaben esta información. El documento deberá presentarse en español y en el idioma del país al que se dirigen.









