Las reformas a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI) no solo modificarían la carga tributaria sobre las viviendas y otros bienes inmuebles. El decreto 18-2026 también cambia el destino de recursos provenientes del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, una modificación que podría tener efectos distintos entre las 340 municipalidades del país.
El decreto establece una tasa de cero por millar para los inmuebles destinados a vivienda, uso residencial y uso mixto, mientras mantiene tasas de entre tres y nueve por millar para los inmuebles comerciales y de “otros usos”.
Al mismo tiempo, dispone que la recaudación del impuesto de timbres fiscales correspondiente a segundas y subsiguientes ventas, permutas u otras transferencias de bienes inmuebles tenga como destino la municipalidad donde se encuentre la propiedad, una vez descontados los destinos específicos preexistentes.
El mecanismo busca trasladar recursos a las comunas en momentos en que algunas podrían dejar de percibir parte de sus ingresos por IUSI debido a la tasa cero establecida para las viviendas.
Sin embargo, el análisis del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) y las entrevistas realizadas por Prensa Libre dejan dos interrogantes que todavía no tienen una respuesta cuantificada: ¿cuánto dejará de percibir cada municipalidad por el IUSI de las viviendas y cuánto recibirá por el timbre fiscal generado por las segundas y subsiguientes transferencias de inmuebles?






