El Consejo de la Judicatura emitió un comunicado este miércoles, 5 de agosto, en el que aclaró que la suspensión preventiva de tres jueces de la Sala Especializada en el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado se sustenta en una declaratoria jurisdiccional previa emitida por la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia.Según la institución, dicha resolución, emitida el 12 de julio de 2026, determinó que los servidores judiciales incurrieron en error inexcusable, considerado una falta gravísima conforme al artículo 109, numeral 7, del Código Orgánico de la Función Judicial.El 2 de abril de 2026, los jueces Silvia Velasco Velasco, Byron Uzcátegui Arregui y Wiler Chóez Avilés aceptaron la apelación presentada por Aquiles Alvarez y sus hermanos Antonio y Xavier Alvarez Henriques, y dejaron sin efecto la prisión preventiva que pesaba sobre ellos en el caso Goleada. PublicidadEn el pronunciamiento, el organismo rechazó que la decisión responda a motivaciones distintas a las establecidas en la normativa vigente.“Se descarta categóricamente que en este caso existan motivaciones ajenas a las competencias y facultades normativas de esta institución”, señaló.El Consejo de la Judicatura agregó que los servidores judiciales involucrados en los procesos disciplinarios cuentan con las garantías para ejercer su derecho a la defensa dentro del debido proceso.PublicidadPublicidadAsimismo, sostuvo que su actuación “se rige exclusivamente por el marco legal vigente y el principio de legalidad” y afirmó que no participará en “debates de carácter político promovidos por actores y sectores interesados”.La institución informó además que puso en marcha un plan de contingencia para garantizar la continuidad del despacho de las causas que estaban a cargo de los jueces suspendidos.De acuerdo con el comunicado, esta medida busca evitar afectaciones al servicio de justicia y asegurar una respuesta oportuna a la ciudadanía. (I)