La reforma a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI) también beneficia a quienes utilizan parte de su vivienda para desarrollar un pequeño negocio. De acuerdo con el Decreto 18-2026, estos inmuebles podrán quedar exentos del pago del impuesto, siempre que continúen siendo utilizados como residencia.

El pasado 28 de julio, el Congreso de la República aprobó el Decreto 18-2026, el cual modifica el artículo 11 de la Ley del IUSI y establece una nueva forma de aplicar las tarifas del impuesto.

Cuando la normativa entre en vigor, los bienes inmuebles destinados a vivienda, de uso residencial y de uso mixto tendrán una tarifa de cero por millar, por lo que no deberán pagar el impuesto. En contraste, los inmuebles de uso exclusivamente comercial continuarán sujetos a tasas de 3, 6 o 9 por millar, según el valor registrado de la propiedad.

Uno de los aspectos que más dudas ha generado entre los propietarios es qué ocurrirá con las viviendas en las que, además de habitar, funciona una tienda de barrio, una panadería, un taller, una tortillería, una peluquería o cualquier otro pequeño emprendimiento.

La ley protege las viviendas con pequeños negocios