Prestaciones
Hay revisiones peri�dicas
Si la unidad familiar de convivencia ha tenido m�s ingresos, la ayuda puede reducirseLa ministra de Inclusi�n, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.EFEActualizado Martes,
agosto
10:41Tal y como se�ala la Seguridad Social, el Ingreso M�nimo Vital (IMV) es una prestaci�n dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusi�n social de las personas que viven solas o est�n integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos econ�micos b�sicos para cubrir sus necesidades b�sicas. Naci� en 2020 y en la actualidad ya ha llegado a m�s de 2,6 millones de personas.Para poder percibirlo, hay que cumplir una serie de requisitos, especialmente, aquellos relacionados con la renta. En este sentido, la Administraci�n recuerda que se cumple "cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuant�a mensual garantizada por el ingreso m�nimo vital que corresponda seg�n la modalidad y el n�mero de miembros de la unidad de convivencia".Por regla general, estos son los l�mites de ingresos mensuales que no deben superarse para poder acceder al IMV, siempre que tambi�n se cumplan el resto de requisitos exigidos por la Seguridad Social:Un beneficiario individual: 733,6 euros.Unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos: 953,68 euros.Unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores,�dos adultos y un menor o tres adultos: 1.173,76 euros.Unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos: 1.393,84 euros.Unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o m�s menores, dos adultos y tres o m�s menores o tres adultos y dos o m�s menores, o por cuatro adultos y un menor: 1.613,92 euros.Sin embargo, se puede reducir la cuant�a del IMV o se puede extinguir en el caso de que la Seguridad Social detecte que la persona beneficiaria o la unidad de convivencia han aumentado sus ingresos. Cabe recordar que cualquier variaci�n en los ingresos debe comunicarse."Comunicar cualquier cambio o situaci�n que pudiera dar lugar a la modificaci�n, suspensi�n o extinci�n de la prestaci�n, en el plazo de treinta d�as naturales desde que estos se produzcan", se�ala la ley como una de las obligaciones de los beneficiarios.Hay revisiones peri�dicasCuando se solicita el IMV, se tienen en cuenta los ingresos y patrimonio de la unidad familiar, pero estos no son inmutables y pueden variar con el tiempo. M�s all� de la obligaci�n de comunicar cualquier cambio en la situaci�n personal, la Seguridad Social hace revisiones peri�dicas. Si en ellas, se comprueba que la familia ha obtenido m�s ingresos, el IMV puede reducirse y hasta desaparecer.De la misma manera, si los ingresos se han reducido es posible que se aumenta la prestaci�n para compensar esta situaci�n de vulnerabilidad.En conclusi�n, es fundamental comunicar cualquier cambio con el objetivo de que la Seguridad Social pueda adaptar la prestaci�n a las circunstancias de cada persona o unidad de convivencia.









