NoticiaEl presidente electo Abelardo De La Espriella ha manifestado su apoyo para que los ciudadanos puedan llevar armas. Estas son dos opiniones al respectoLos permisos de porte de armas por parte de civiles están suspendidos desde 2016, aunque existen permisos especiales que expiden las Fuerzas Militares. Foto: iStock01.08.2026 22:01 Actualizado: 02.08.2026 07:09

Una de las banderas del próximo presidente de Colombia es recuperar la seguridad en el país, y en el marco de esa prioridad, Abelardo De La Espriella ha hablado de permitir el porte de armas como una herramienta de legítima defensa y disuasión frente al crimen. LEA TAMBIÉN En Colombia, la Constitución señala que el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas lo ostenta el Estado, pero no prohíbe su tenencia por parte de civiles. Por ello, tener un arma en un inmueble y usarla para defensa personal dentro de este es legal, siempre que se cuente con un permiso específico de tenencia; pero en lo referente al porte de armas, desde hace 10 años están suspendidos de forma general los permisos que autorizan llevarlas en la calle. La restricción del porte no se deriva de una ley —como sucede en países como Brasil—, sino de decretos gubernamentales. El arquitecto de la medida fue el presidente Juan Manuel Santos, quien en 2016 justificó la suspensión de los permisos para todo el año en la necesidad de preservar las “condiciones de seguridad y tranquilidad que permiten la prosperidad general y el ejercicio de las libertades ciudadanas”. Desde entonces, la medida ha sido prorrogada por los distintos gobiernos de forma anual vía decreto, el más reciente de estos se firmó el pasado 31 de diciembre, con vigencia para todo el 2026. LEA TAMBIÉN Así, bajo los marcos actuales, el porte general de armas está restringido, aunque existen excepciones para ciertas entidades e individuos como el personal de la Fuerza Pública y las empresas de seguridad privada, entre otros. Por fuera de esos casos, hay permisos especiales que las Fuerzas Militares expiden, luego del cumplimiento de varios requisitos. Lo que ha dicho De La Espriella es que las armas con permisos representan una proporción muy baja de los delitos cometidos con armamento, y que la eventual legalización del porte estaría condicionada a una regulación precisa. Su propuesta, en todo caso, ha generado una amplia discusión. EL TIEMPO presenta dos posturas sobre este debate.En contraSeis argumentos contra la flexibilizaciónPor: Hugo Acero Velásquez (*) - Para EL TIEMPO Foto:El nuevo gobierno, a través del ministro de Defensa designado, ha declarado que va a flexibilizar el porte de armas en manos de los particulares, propuesta que se mueve entre la idea de armar a “la gente de bien” sin posibilidades de defenderse ante los criminales y quienes creen que los únicos que deben portar las armas son las instituciones legítimamente constituidas; dos posiciones extremas que en el debate deben considerar los puntos intermedios para avanzar en el control efectivo de las armas de fuego. Para contribuir a alimentar este debate, quiero exponer los siguientes puntos a favor de no flexibilizar el porte de armas en manos de los particulares. Primero, la Corte Constitucional en su Sentencia 038 de 1993 consideró que “prevalecen los principios básicos constitucionales de los derechos humanos por encima de cualquier derecho individual”. Por lo anterior considera “que los ciudadanos deben abstenerse de circular con armas de fuego, porque ello viola el derecho a ser iguales y genera un mayor riesgo para la comunidad de que esa arma sea usada para resolver un conflicto y no para procurarse una eficiente protección individual”. Segundo, el Estado no debería tolerar ni, menos aún, estimular situaciones de armamentismo ciudadano. Cabe anotar que los Estados que autorizan a los ciudadanos a tener y portar armas de fuego, de manera indirecta, autorizan la pena de muerte en manos de los particulares, en la medida que una persona al hacer uso de su arma realiza todo el proceso judicial hasta aplicar la pena de muerte: primero, detiene, “alto”; segundo, juzga, “enemigo, delincuente”, y tercero, condena y aplica la pena de muerte en cuestión de segundos, es decir, el ciudadano armado tiene la potestad libre de ejercer justicia por mano propia. Tercero, frente al argumento de que los delitos se cometen con armas ilegales, existe evidencia que demuestra lo contrario. En 1999, la administración distrital le solicitó a la Oficina de Control de Armas, Municiones y Explosivos del Ministerio de Defensa, con base en un listado de 722 armas entregadas por Medicina Legal involucradas en la comisión de homicidios, que certificara cuántas tenían salvoconducto. Con sorpresa, 235 armas tenían salvoconducto vigente. Es decir, una de cada tres armas utilizadas en la comisión de homicidios es legal. Cuarto, para nadie es un secreto que muchos de los esquemas de seguridad de algunos delincuentes tienen armas amparadas e incluso armas de uso privativo de las Fuerzas Militares, como lo evidencian las autoridades de seguridad y justicia en su diario accionar en contra de los grupos delincuenciales. Quinto, como ya lo han mencionado, es más difícil sacar el pase de conducción que conseguir un arma de fuego con salvoconducto. Frente a esta situación, es necesario ser más estrictos a la hora de renovar o entregar nuevos salvoconductos, especialmente en lo que tiene que ver con los antecedentes y los exámenes de aptitud sicológica. En este último caso, los médicos y las instituciones no responden por lo que certifican cuando el ciudadano con el arma entregada intimida, lesiona o mata a otra persona. Y sexto, frente al comercio y uso de armas ilegales, hay que realizar mayores controles por parte de las autoridades para decomisar y sancionar a quienes comercian y portan este tipo de armas. En este campo el país se ha quedado corto en demandar de los países productores de armas, como EE. UU., mayores controles a la venta abierta e indiscriminada que realizan en sus territorios. Cabe anotar que algunas de las armas vendidas en esos países ingresan a Colombia en intercambio por droga. Más que flexibilizar para que los ciudadanos “de bien puedan portar armas de fuego”, hay que controlar el comercio ilegal de armas, y Colombia no lo está haciendo. (*) Sociólogo de la Universidad Nacional, asesor presidencial de las consejerías de Paz y de Seguridad Nacional 1993-1995, secretario de Seguridad de Bogotá 2021-2022. Experto en temas de seguridad, justicia y manejo de crisis. A favorMonopolio estatal e indefensión ciudadana Por: Mauricio Lloreda (**) - Para EL TIEMPO Foto:Colombia, país de eufemismos. Aquí lo grave no es lo que pasa, sino cómo se le nombra, como si en la magia de las palabras residiera el poder de ahuyentar los duros hechos, cuando este realismo, pertinaz como las lluvias en Macondo, no cede y así, por ejemplo, el monopolio estatal aludido existe solo en el artículo 22A de la Constitución, en palabras. Hacedores de políticas públicas, como alineados con el inverosímil ministro escéptico a las matemáticas y arropados con el 22A, desatienden las cifras para que prime su visión, mientras los civiles subsisten inermes. Vayamos por partes: Según Small Arms Survey (SAS) de Suiza, habría en Latinoamérica cerca de ochenta millones de armas y en Colombia, con su eterno conflicto, no menos de seis millones, pero registradas en el Mindefensa hay solo cuatrocientas mil, así: cerca de trescientas veinte mil en vigilancia privada y cerca de ochenta mil, en particulares. De estas, solo cuatro mil con porte, con lo que el “nada por ciento” civil está legalmente armado, mientras que veintisiete mil hombres armados asolan a las FF. MM., que Juan F. Lozano señaló como los únicos desmovilizados del mandato Petro, y los civiles, “inermis” en ciudad y en campo. Con sabiduría, la Constitución definió ese monopolio para prohibir fuerzas armadas paralelas, pero no ordenó el desarme civil. La pregunta evidente está en cómo proceder cuando un Estado es incapaz de defender a sus pobladores y si ante esta realidad, vetarles una legítima defensa transgrede su derecho natural a tenerla y otros derechos que establece la carta magna. En 1794, Cesare Beccaria, padre de la criminalística, escribió De los delitos y las penas, racionalismo de la iluminación en el mundo legal y las transformó de actos de venganza social a instrumentos de disuasión. Voltaire escribió un lúcido ensayo sobre lo acertado de esta obra. Beccaria consideró que la decisión de desarmar a la población solo desarma a quienes no están ni inclinados ni decididos a cometer crímenes y, en cambio, mejora las condiciones de los victimarios.Añadió que desarmar civiles contraría el poder disuasivo que deben tener las leyes y rompe la armonía del contrato social. Los gobiernos se equivocan con el desarme, señaló, eliminando mil ventajas, para provocar otras imaginarias, como aquí sucede. Thomas Jefferson, coautor de la declaración de independencia norteamericana, leyó a Beccaria y reguló para que el pueblo jamás fuera privado de su derecho a portar armas, porque un gobierno existe para proteger el bien común y garantizar la igualdad de todos. J. Madison, redactor principal de la Constitución de EE. UU., dijo que un pueblo armado es una defensa contra la tiranía; y Orwell, que el rifle colgado en la casa del campesino es símbolo de democracia. Mutatis mutandis, Kissinger refirió un portaaviones como “mil toneladas de democracia”. La política de desarme solo profundiza la enorme asimetría entre ciudadanos que cumplen la ley, que no se habla acá de buenos y malos, sino de quienes, como señala Beccaria, ni quieren ni tienen inclinación al crimen, y los sume en la indefensión. Para hacerlo revuelven sin rigor seguridad pública y filosofía política, pero contrarían sin sustento, desde Beccaria hasta Madison. Ahora que Abelardo De La Espriella regulará el asunto, convendría legalizar armas ilegales con una amnistía rigurosa, generosa e ingeniosa. En paralelo, levantar la restricción y fortalecer el protocolo de porte con entrenamiento y educación idóneos. Y repensar la ficción del Estado omnipresente, porque la tozuda realidad recuerda que solo en este cuatrienio hubo 72 masacres, 272 militares muertos, mil cien ataques, un millón de víctimas, inseguridad urbana disparada, los bandidos prosperaron como nadie, y solo el uno por ciento de las armas incautadas eran legales. (**) Abogado de la Universidad de los Andes. MBA de Imperial College, Universidad de Londres. Nieman Fellow, Universidad de Harvard. CEO de Protekto Américas, empresa desarrolladora y operadora de alta tecnología. Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.