La Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) y la Federación Empresaria Hotelero Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) firmaron el acuerdo paritario transitorio para el período 2026/2027 bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 389/04. El entendimiento dispuso el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa en tres cuotas consecutivas para las liquidaciones de julio, agosto y septiembre de 2026.

La nueva pulseada salarial: acuerdos cortos en las paritarias y revisiones antes de diciembre

El monto total que perciben los trabajadores en la liquidación de julio se compone del salario básico fijado para el mes junto con la primera cuota de la asignación no remunerativa acordada entre las partes sindical y empresarial. La suma no remunerativa no está sujeta a aportes ni contribuciones legales, ni retenciones de ningún tipo por su carácter no habitual, e figura en el recibo bajo el concepto "Acuerdo 2026 Primera Cuota - suma no remunerativa".

Escala salarial de julio para establecimientos categoría D y C

En los establecimientos de categoría D: