NoticiaLa información permitiría conocer el tamaño real de las deudas de la aseguradora más grande del país, con 11 millones de usuarios.SUBDIRECTOR VIDA23.07.2026 17:18 Actualizado: 23.07.2026 17:20
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Nueva EPS (aseguradora intervenida por el gobierno del presidente Gustavo Petro) elaborar, certificar, difundir y publicar los estados financieros correspondientes a las vigencias 2023, 2024 y 2025, es decir, la totalidad de sus informes. LEA TAMBIÉN La decisión se adoptó al resolver una acción de cumplimiento promovida por la Fundación para el Estado de Derecho, que alegó el incumplimiento de las obligaciones legales de elaboración, aprobación y publicación de la información financiera de la EPS correspondiente a los años 2023 a 2025.Y es que, de acuerdo con los artículos 34 y 41 de la Ley 222 de 1995 y al numeral 4.4 de la Circular Externa 016 de 2016 de la Superintendencia Nacional de Salud, todas las EPS del país están obligadas a difundir su información financiera y reportarla ante la Supersalud.Sin embargo, Nueva EPS no publicaba su información anual desde el 2022 y, de manera parcial, desde 2023. Recientemente, en acatamiento de otra orden judicial, la aseguradora dio a conocer sus resultados financieros de 2023 y 2024, revelando un deterioro de su salud financiera.Ahora, con la nueva orden del Tribunal, Nueva EPS tiene tres meses para dar a conocer sus estados financieros de 2025, que es el año del que todavía no refela información. Así mismo, todas las EPS del país han estado reportando a la Supersalud su información preliminar de 2026, cosa que la aseguradora tampoco ha hecho.Las razones de la orden del Tribunal Administrativo de CundinamarcaEl Tribunal concluyó que las disposiciones de la Ley 222 de 1995 contienen mandatos claros, expresos e inobjetables, y precisó que la Circular Externa 016 de 2016 tiene naturaleza de acto administrativo, por lo que también puede ser exigida mediante la acción de cumplimiento al establecer obligaciones vinculantes para las entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud.La Corporación señaló que la obligación de preparar y publicar los estados financieros constituye una obligación de resultado, razón por la cual no basta con acreditar que la entidad adelanta procesos internos de saneamiento, validación o depuración contable. En ese sentido, indicó que tales actuaciones administrativas no justifican el incumplimiento de un deber legal cuyo plazo ya había vencido para las vigencias objeto del proceso.Finalmente, advirtió que la publicidad de los estados financieros constituye un mecanismo esencial de transparencia y control sobre la información de las entidades sometidas a vigilancia estatal, por lo que ordenó a la Nueva EPS cumplir integralmente las obligaciones previstas en la ley y en la regulación expedida por la Superintendencia Nacional de Salud.REDACCIÓN SALUD Sigue toda la información de Salud en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.







