NoticiaEsta decisión de la Corte Constitucional podría marcar un antes y un después en la protección de los derechos digitales de las mujeres en Colombia.La sentencia representa uno de los pronunciamientos más contundentes que ha hecho la justicia colombiana sobre violencia digital y derechos en internet. Foto: Cortesía22.07.2026 16:25 Actualizado: 22.07.2026 16:25

Detrás de la sentencia T-184 de 2026, mediante la cual el alto tribunal reconoció que la difusión de contenido íntimo sin consentimiento constituye una forma de violencia de género, hubo un aporte académico liderado desde Barranquilla por el Centro de Derechos Humanos del Caribe (CDHC) de la Universidad del Norte. LEA TAMBIÉN La participación se dio a través de un amicus curiae, una figura jurídica que permite a expertos e instituciones presentar conceptos técnicos para enriquecer el análisis de casos de especial relevancia constitucional.Aunque la decisión fue tomada por la Corte Constitucional, el trabajo realizado por estudiantes y docentes de Uninorte formó parte de los insumos que ayudaron a sustentar el debate jurídico alrededor de un fenómeno cada vez más presente en la era digital: la difusión no consentida de contenido íntimo.El origen de la sentenciaEl caso detrás de la sentencia es el de una joven de 19 años identificada como "Paola", nombre que fue cambiado para proteger su identidad. La mujer había llegado a un acuerdo con su entonces pareja para la creación y comercialización de contenido íntimo bajo condiciones específicas. Entre ellas, que el material solo pudiera circular fuera de Colombia y que fuera publicado únicamente en una plataforma digital determinada.El Centro de Derechos Humanos del Caribe de Uninorte participó en el caso. Foto:Cortesía Prensa Universidad del NorteSegún se conoció durante el proceso, esas condiciones fueron incumplidas sin su conocimiento ni autorización. Ante esa situación, la joven acudió a la justicia en 2025 para reclamar la protección de sus derechos.Un año después, la Corte Constitucional le dio la razón. En su decisión, el tribunal protegió sus derechos fundamentales a la intimidad, la imagen, el buen nombre y a una vida libre de violencia. Además, dejó una de las conclusiones más importantes del fallo: el consentimiento para divulgar contenido íntimo no es absoluto ni permanente.Por el contrario, la Corte señaló que puede retirarse en cualquier momento y que también pierde validez cuando se incumplen las condiciones bajo las cuales fue otorgado.Para llegar a esa conclusión, la Corte convocó a distintas organizaciones e instituciones académicas con experiencia en derechos humanos, género y derecho constitucional. Entre ellas estuvo el Centro de Derechos Humanos del Caribe de Uninorte.La joven acudió a la justicia en 2025 para reclamar la protección de sus derechos. Foto:Esneyder Gutiérrez'''La Corte Constitucional, en los procesos de revisión de tutela de especial relevancia, suele invitar a instituciones académicas con experiencia en la materia para aportar elementos técnicos que enriquezcan el debate constitucional. En este caso, el Centro de Derechos Humanos del Caribe de Uninorte fue convocado para presentar un amicus curiae''', explicó Javier Tous, director del CDHC y docente que encabezó el trabajo.La elaboración del documento reunió a estudiantes de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales, quienes durante varios meses investigaron jurisprudencia nacional e internacional, revisaron estándares de protección de derechos humanos y analizaron posibles respuestas jurídicas frente a este tipo de violencias digitales.La academia trasciende las aulasMás allá del aporte académico, el proceso se convirtió en una experiencia práctica poco habitual para quienes participaron.Javier Tous, director del CDHC Uninorte. Foto:Cortesía'''El ejercicio permitió que los estudiantes enfrentaran un caso constitucional real de alto impacto, investigaran jurisprudencia y estándares internacionales, debatieran soluciones jurídicas y contribuyeran directamente al proceso deliberativo de la Corte Constitucional''', destacó Tous.Para Miranda María Santander Castillo, asistente del Centro de Derechos Humanos del Caribe y una de las participantes, el mayor aprendizaje fue comprobar cómo una investigación construida desde la universidad puede tener incidencia en una decisión con repercusiones nacionales.'''Comprendí la importancia de sustentar técnicamente las posiciones jurídicas y de articular estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. Considero que todo este aprendizaje será de gran utilidad para mi ejercicio profesional a futuro''', afirmó.La Corte advirtió que en Colombia todavía no existe un delito específico que sancione la difusión no consentida de contenido íntimo, razón por la cual exhortó al Congreso de la República a legislar sobre esta conducta.También pidió a las plataformas digitales fortalecer los mecanismos para eliminar este tipo de material cuando las víctimas lo soliciten.Además, ordenó a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio TIC elaborar guías de prevención y protocolos de atención para enfrentar este fenómeno.En cuanto a la situación concreta de la joven, la Corte ordenó la eliminación definitiva de los videos, prohibió nuevas difusiones del material y dispuso que su expareja asistiera a un curso sobre igualdad de género y violencia contra las mujeres. LEA TAMBIÉN La sentencia representa uno de los pronunciamientos más contundentes que ha hecho la justicia colombiana sobre violencia digital y derechos en internet. Y, al mismo tiempo, deja una huella importante en un grupo de estudiantes y docentes en Barranquilla y el Caribe.También te podría interesar:#NoticiasColombia #ÚltimaHora #Feminicidio #Soacha Foto:EL TIEMPO Sigue toda la información de Colombia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.