De un día para el otro, adolescentes que venían realizando terapias hormonales se encontraron con la puerta cerrada en los mostradores de sus obras sociales. El argumento de las empresas de salud era uno solo: el DNU presidencial 62/2025 que prohibía de raíz cualquier tratamiento de adecuación de género en menores de 18 años. Frente a este escenario de cortes abruptos y daños irreversibles denunciado por las organizaciones de la diversidad, la Justicia decidió intervenir de lleno, frenar la medida oficial y devolver el “paraguas protector” de la ley. La resolución lleva la firma de los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, integrantes de la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal. Al hacer lugar a un recurso de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), los magistrados ordenaron suspender los efectos del decreto hasta que se dicte una sentencia de fondo. En su análisis, el tribunal marcó que el Poder Ejecutivo restringió de manera absoluta un derecho ya consagrado por el Congreso de la Nación, sin justificar ninguna circunstancia excepcional que avalara semejante modificación.
Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.






